Hoyo de Manzanares (BOCM-20240422-49)
Organización y funcionamiento. Delegación funciones
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

Pág. 282

LUNES 22 DE ABRIL DE 2024

B.O.C.M. Núm. 95

ción en situaciones de desprotección social o exclusión a través de medidas adecuadas a la
problemática de cada colectivo.
7. Promover e impulsar cuantas actividades sean necesarias para una mayor participación y colaboración de la sociedad ante los problemas de exclusión y desprotección social.
8. Formular conjuntamente con la Concejalía competente en materia de personal, la programación y gestión de los planes de formación específica del personal de Servicios Sociales.
9. Dirección e inspección inmediata de la actuación del personal de la Delegación,
sin perjuicio de las competencias delegadas en el Concejal Delegado de RRHH y las que
correspondan a la Alcaldía.
10. Diseño, planificación y ejecución de todos los programas que tengan como objetivo el incremento de la protección y el bienestar de las personas y que amplíen la oferta
de recursos para su cuidado.
11. Elaboración, impulso y tramitación de los proyectos de ordenanzas y, en su caso, reglamentos relacionados con materia objeto de esta delegación, con la Coordinación Institucional del equipo de Gobierno, para su presentación ante el Pleno o la Junta de Gobierno Local.
12. La evaluación de la ejecución de los planes de actuación de la Delegación, por
parte de los servicios adscritos a la misma, ejerciendo el control de eficacia de éstos.
13. La aprobación de las memorias que puedan ser efectuadas por todos los servicios
adscritos a la Delegación y la formulación de la memoria de la misma.
Mayores:
Sin perjuicio de las competencias señaladas en las Delegaciones de Protección Social
y Familia que afecten y beneficien al colectivo de Mayores del Municipio, se delegan las
siguientes facultades y funciones:
1. Protección de las prioridades y especial protección de las personas mayores antes
situaciones o riesgos en que puedan verse afectados.
2. Protección y defensa de los derechos del Colectivo.
3. Impulso, promoción y fomento del derecho a la participación de los Mayores en
la vida política, económica, social y cultural del Municipio, apoyando el Asociacionismo y
fomento de los órganos de representación de los mismos.
4. Impulso, promoción y fomento del acceso de los mayores al Ocio, al deporte y a
la cultura, al disfrute de un medio ambiente saludable y al conocimiento de los avances de
la Ciencia y la Tecnología.
5. Dirección e inspección inmediata de la actuación del personal de la Delegación,
sin perjuicio de las competencias delegadas en el Concejal Delegado de RRHH y las que
correspondan a la Alcaldía.
6. La aprobación de las memorias que puedan ser efectuadas por todos los servicios
adscritos a la Delegación y la formulación de la memoria global de la misma.
7. Tramitar y solicitar subvenciones a otras Administraciones u organismos públicos.
8. Orden de expedición de certificaciones de los acuerdos de órganos unipersonales
y documentación obrante en el Departamento o servicio.
B. Áreas de Seguridad, Protección Civil, Educación, Movilidad y Organización
municipal a favor de la Tercera Teniente de Alcalde Dña. Patricia Doncel Comy
En este caso la delegación comprenderá la dirección interna y la gestión de los servicios
correspondientes, pero no podrá incluye la facultad de resolver mediante actos administrativos que afecten a terceros. Asimismo, la Alcaldía tendrá la facultad de supervisar la actuación de esta Concejal con delegación especial para los siguientes cometidos específicos:

1. Solicitud de subvenciones a otras Administraciones u organismos públicos.
2. Implantar junto con la Comunidad de Madrid la estrategia de seguridad.
3. Dirección de la Policía Local en sus competencias de seguridad ciudadana y tráfico, sin perjuicio de la jefatura de la misma que corresponde al Alcalde.
4. Coordinar la actuación de la Policía Local y de los demás servicios competentes
en el mantenimiento de la seguridad dentro de las dependencias municipales.
5. Dirección de los servicios de Protección Civil del municipio, sin perjuicio de la
superior autoridad del Alcalde en esta materia.

BOCM-20240422-49

Seguridad y Protección Civil