Hoyo de Manzanares (BOCM-20240422-49)
Organización y funcionamiento. Delegación funciones
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 95

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 22 DE ABRIL DE 2024

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Segundo.—Las anteriores delegaciones genéricas abarcan tanto la facultad de dirigir
los servicios correspondientes como la de gestionarlos en general, incluida la facultad de
resolver mediante actos administrativos que afecten a terceros.
Tercero.—Efectuar delegaciones especiales dentro de las áreas y materias que conserva la Alcaldía sobre los siguientes servicios:
A. Área de Régimen Interior, Empleo, Comercio, Consumo, Turismo, Famillia,
Mayores y Política Social a favor de la Primera Teniente de Alcalde,
Dña. Rocío Cabrera Santos
En este caso la delegación comprenderá la dirección interna y la gestión de los servicios
correspondientes, pero no podrá incluye la facultad de resolver mediante actos administrativos que afecten a terceros. Asimismo, la Alcaldía tendrá la facultad de supervisar la actuación de esta Concejal con delegación especial para los siguientes cometidos específicos:
Régimen Interior
1. Registro Municipal, Atención al ciudadano, Padrón y Estadística.
2. La concesión de autorizaciones y licencias para la realización de servicios funerarios, así como gestión de las tasas o exacciones municipales derivadas de las mismas, respecto a los procesos de licencias y autorizaciones, sin perjuicio de la liquidación y recaudación material de derechos integradas en la Concejalía de Hacienda.
3. Incoar, tramitar y formular propuesta de resolución de las reclamaciones patrimoniales por daños o lesiones por el funcionamiento de los servicios municipales.
4. Dirección e inspección inmediata del personal del área delegada.
5. Elaboración, impulso y tramitación de los proyectos de ordenanzas y, en su caso,
reglamentos relacionados con materia objeto de esta delegación, para su aprobación por la
Junta de Gobierno Local y el Pleno.
6. La aprobación de las memorias que puedan ser efectuadas por todos los servicios
adscritos a la Delegación y la formulación de la memoria global de la misma.
7. Tramitar y solicitar subvenciones a otras Administraciones u organismos públicos
dentro de su área.
8. Orden de expedición de certificaciones de los acuerdos de órganos unipersonales
y documentación obrante en el Departamento o servicio.

1. Atender el desarrollo económico con el propósito de que éste opere en condiciones óptimas y aumente su nivel de productividad y competitividad, fomentando su permanencia, la reinversión en el municipio así como la generación de empleo.
2. Desarrollo de acciones en orden a la consecución de un crecimiento equilibrado y
equitativo de los servicios, producción y comercio que se corresponda con el nivel de crecimiento de la población del Municipio.
3. Dirección de las políticas de formación y empleo.
4. Impulso de los contratos programas, convenios que se celebren con la Comunidad
de Madrid o cualquier otra Administración para la cooperación del fomento del empleo, así
como la gestión de convenios con empresas y organizaciones para el fomento del empleo.
5. Elaboración de estudios y recomendaciones para adecuar la oferta de formación
continuada y profesionalizada a las necesidades de las empresas.
6. Elaboración y planificación del contenido funcional de los Centros Municipales
de Formación que se establezcan.
7. Dirección, control y gestión de las bolsas de trabajo específicas que se constituyan.
8. Dirección, control y gestión de las acciones formativas específicas que se planifiquen.
9. Desarrollo y coordinación de los programas de fomento de empleo que se pongan
en marcha en el ámbito municipal.
10. Dirigir el Observatorio Municipal de Empleo.
11. Dirigir y desarrollar las acciones de orientación e inserción laboral.
12. Dirigir, gestionar y controlar los servicios de asesoramiento para la creación de
empresas.
13. Promover proyectos integrales de regeneración y modernización de zonas empresariales de la ciudad, así como impulsar programas de innovación y modernización empresarial.

BOCM-20240422-49

Empleo y Comercio