Pozuelo de Alarcón (BOCM-20240422-56)
Organización y funcionamiento. Delegación funciones
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B.O.C.M. Núm. 95

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 22 DE ABRIL DE 2024

4. Incoación, tramitación y resolución de expedientes, incluidos los de carácter sancionador, en los que la Alcaldía ostente la competencia, en materia de seguridad
ciudadana conforme a la Ley Orgánica 4/2015, de 30 de marzo, de protección de
la seguridad ciudadana, en materia de circulación y tráfico, y los relativos a la aplicación del Reglamento de Armas aprobado por RD 137/1993, de 29 de enero.
5. Incoación, designación de instructor y secretario, pronunciamiento sobre causas
de abstención y recusación y resolución de los expedientes disciplinarios de los
funcionarios de la Policía Municipal, así como su ejecución, adopción de medidas cautelares y su levantamiento.
6. Dirección de los servicios de protección civil del municipio, sin perjuicio de la
superior autoridad de la alcaldesa en esta materia.
7. Coordinar la actuación de la Policía Municipal y de los demás servicios competentes en el mantenimiento de la seguridad dentro de las dependencias municipales.
8. Elaboración y propuesta de las normas reguladoras de la circulación, señalización y estacionamiento dentro del término municipal.
9. Promover las iniciativas precisas para incrementar la educación vial de los vecinos del Municipio, en particular entre los escolares.
10. La resolución de la declaración de vehículos abandonados con sujeción a lo dispuesto en la normativa de tráfico y seguridad vial.
11. Tramitar y resolver los procedimientos para la devolución de ingresos indebidos
en el ámbito de los asuntos relativos a este apartado I.
II. En el ámbito de los asuntos correspondientes a los servicios y actividades de Recursos Humanos, Formación, Régimen Interior y Prevención, le corresponden las siguientes:
1. Coordinación y gestión de los órganos y unidades administrativas que integran
Recursos Humanos y Formación y Régimen Interior y dirección de su personal sin
perjuicio de la superior autoridad que corresponde a la Titular del Área.
2. Incoación, tramitación y resolución, en su caso, de cuantos expedientes sean propios de Recursos Humanos y Formación, Régimen Interior y Prevención de Riesgos Laborales.
3. Información sobre contratos, concursos y oposiciones de acceso a la función
pública.
4. Seguimiento y control en materia de prevención de riesgos laborales dentro de las
dependencias, instalaciones y servicios municipales, a cuyo efecto deberá coordinar el servicio de prevención de riesgos laborales, sin perjuicio de las competencias de otros órganos municipales.
5. Promover las condiciones que garanticen la seguridad y salud de todo el personal
al servicio del Ayuntamiento.
6. Gestión del personal de conserjería y del parque móvil.
III. En el ámbito de los asuntos correspondientes a los servicios y actividades de
Administración Digital, Calidad e Innovación, le corresponden las siguientes:
1. Coordinación y gestión de los órganos y las unidades administrativas adscritos a
Administración Digital, Calidad e Innovación y dirección de su personal sin perjuicio de la superior autoridad que corresponde a la Titular del Área.
2. Incoación, tramitación y resolución en su caso de cuantos expedientes sean propios del ámbito de Administración Digital, Calidad e Innovación.
3. Proponer las directrices generales, impulsar y liderar proyectos e iniciativas para
la digitalización de los servicios municipales.
4. Impulsar el desarrollo de las aplicaciones y nuevas tecnologías y de los proyectos
e iniciativas relacionadas con la Sociedad de la Información.
5. Diseñar y mantener los sistemas informáticos propios de la Corporación.
6. Gestión y control de los teléfonos móviles y ordenadores que usan los miembros
de la Corporación y los empleados municipales.
7. Promover la digitalización y la innovación tecnológica en el municipio.
8. Promover la difusión de las nuevas tecnologías entre la población del municipio.
9. Desarrollar los programas de gestión y procedimientos telemáticos que permitan
ofrecer a los ciudadanos un servicio más eficaz.
10. Establecer la coordinación, en materia de calidad de los servicios municipales,
con todas las Áreas y Concejalías.
11. Proponer las directrices generales e impulsar los proyectos e iniciativas para
conseguir la mayor eficacia y calidad de los servicios municipales.

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BOCM-20240422-56

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