Pozuelo de Alarcón (BOCM-20240422-56)
Organización y funcionamiento. Delegación funciones
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 22 DE ABRIL DE 2024

B.O.C.M. Núm. 95

22. Gestión y seguimiento de todos los servicios de los edificios de titularidad
municipal.
23. Sin perjuicio de las competencias atribuidas en contratación, ejercicio de las
competencias que la Ordenanza Municipal reguladora de la Limpieza de espacios Públicos y de la Gestión de Residuos no atribuya a otros órganos.
III. En el ámbito de los asuntos correspondientes a los servicios y actividades de
Contratación, le corresponden las siguientes:
1. Coordinación y gestión de los órganos y unidades administrativas que integran
Contratación y dirección de su personal.
2. Dirección de toda la contratación municipal.
3. Establecimiento de criterios para unificar las normas de contratación municipal.
4. Control y supervisión de todos los contratos municipales, en coordinación con las
Áreas y Concejalías competentes.
5. Asegurar la transparencia en la contratación municipal.
IV. Con carácter general:
1. Orden de expedición y visto bueno de las certificaciones de las resoluciones de órganos unipersonales y documentación obrante en el Área de Gobierno de los asuntos propios de su competencia.
2. Resolución de los recursos de reposición interpuestos contra resoluciones dictadas
por delegación en asuntos propios de su competencia .
3. Reconocimiento y liquidación de obligaciones derivadas de compromisos de gasto legalmente adquiridos, incluidas las certificaciones finales de los contratos de
obras, de asuntos de su competencia.
4. Realización de las actuaciones administrativas derivadas de la ejecución de sentencias en el ámbito de su Área de Gobierno.
5. Resolver los procedimientos para la devolución de ingresos indebidos en el ámbito de su Área de Gobierno.
6. Ordenación de la ejecución de las garantías depositadas en el ámbito de su Área de
Gobierno.
7. Resolución de los expedientes que se tramiten como consecuencia de la devolución de avales o fianzas depositadas así como el reembolso de los costes de garantías que se constituyan en su Área de Gobierno.
8. Formalización de los contratos de su Área de Gobierno y los de arrendamiento de
viviendas.
9. Autorizar y celebrar matrimonios.
1.2. Concejalías-Delegadas dependientes del Área de Gobierno y competencias de
las Concejalías.
1.2.1. Concejalía-Delegada de Sanidad, Consumo y Protección Animal.
Competencias. Se atribuyen a esta Concejalía-Delegada con carácter general, los asuntos relativos a Salud Pública, Consumo y Protección Animal y, en especial, las siguientes
competencias:
1. Coordinación y gestión de los órganos y unidades administrativas que integran
Salud Pública, Consumo y Protección Animal y dirección de su personal.
2. Incoación, tramitación y resolución en su caso de cuantos expedientes sean propios de Salud Pública, Consumo y Protección Animal.
3. Coordinación de la inspección, venta y distribución de alimentos en su vertiente
sanitaria y sin perjuicio de las competencias de la Concejalía competente en materia de comercio. Desarrollar las actividades y programas que contribuyan a mejorar las condiciones de salubridad pública.
4. Coordinar los servicios funerarios.
5. Ejercicio de las competencias que la Ordenanza fiscal reguladora de la tasa
por prestación de servicios en cementerios y otros servicios fúnebres otorga a
la Alcaldía.
6. Coordinar la actuación de la Oficina Municipal de Protección e Información al
Consumidor (OMIC).
7. Planificación y dirección de las actuaciones precisas para desarrollar la política
del municipio en materia de consumo.
8. Orden de expedición y visto bueno de las certificaciones de las resoluciones de
órganos unipersonales y documentación obrante en la Concejalía.

BOCM-20240422-56

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