C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20240420-3)
Convenio colectivo –  Resolución de 3 de abril de 2024, de la Dirección General de Trabajo de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, sobre registro, depósito y publicación del convenio colectivo de la empresa Comar Inversiones Capital, S. A. U.-Centro de Trabajo de Gran Vía (Código número28101621012016)
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

B.O.C.M. Núm. 94

SÁBADO 20 DE ABRIL DE 2024

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CONVENIO COLECTIVO “COMAR INVERSIONES CAPITAL S.A.U. CENTRO DE TRABAJO DE GRAN VIA” (CÓDIGO DE CONVENIO 28101621012016)
Capítulo I
Disposiciones Generales
Artículo 1. Ámbito Territorial
La eficacia y obligatoriedad del presente Convenio Colectivo alcanza exclusivamente al centro de
trabajo de Gran Vía, de la Empresa COMAR INVERSIONES CAPITAL SAU, quedando afectos al
mismo los trabajadores pertenecientes a esta empresa adscritos a este centro de trabajo sito en
Gran Vía 24, Madrid, en la Comunidad de Madrid.
Artículo 2. Partes Firmantes
Son partes firmantes por parte de la empresa la sociedad COMAR INVERSIONES CAPITAL SAU,
y por parte de los trabajadores, el Comité de Empresa del Centro de Trabajo de Gran Vía. Las
representaciones sindicales firmantes ostentan la mayoría en el seno del Comité de Empresa y
también en la Comisión Negociadora para la representación de los trabajadores.
Artículo 3. Ámbito Funcional
Las normas de este convenio afectan a los trabajadores adscritos al centro de trabajo de Gran Vía
incluidos en la plantilla de personal de “COMAR INVERSIONES CAPITAL S.A.U.”.
Asimismo, estarán también comprendidos aquellos trabajadores que ingresen en la plantilla en lo
sucesivo en el centro de trabajo de Gran Vía dentro de cualquiera de los Grupos Profesionales
recogidos en este Convenio.
Artículo 4. Ámbito Personal
Quedan excluidos del ámbito de aplicación de este Convenio, todas aquellas actividades referidas
a servicio de hostelería como cafetería, restaurante, desayunos y room service entre otros, que se
regirán por lo dispuesto en el Convenio Regional de Hostelería de la Comunidad de Madrid, y
queda excluido del ámbito de aplicación del presente Convenio el personal de Dirección, o responsable, que a título ilustrativo y no exhaustivo a continuación se detalla:
Director/a Gerente, Director/a de Operaciones, Director/a del Casino, Subdirectores del Casino,
Director/a Comercial, Director/a de Marketing, Director/a de Hostelería, Director/a de Administración, Director/a RR.HH. y RR.LL.
Artículo 5. Vigencia del Convenio.
Con independencia de la fecha de su publicación en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid,
las condiciones pactadas en el presente Convenio Colectivo entrarán en vigor el 1 de enero de
2024 y finalizará el 31 de diciembre de 2026.
Artículo 6. Denuncia y Prórroga del Convenio
Ambas partes acuerdan que la denuncia del presente convenio se comunique por escrito a la otra
parte con un preaviso mínimo de treinta días a la fecha del vencimiento. Si no mediara denuncia
expresa de las partes, el Convenio se prorrogará tácitamente de año en año.
Durante las negociaciones para la renovación del convenio colectivo, se mantendrá su vigencia.
Las partes podrán adoptar acuerdos parciales para la modificación de alguno o algunos de sus
contenidos prorrogados con el fin de adaptarlos a las condiciones en las que, tras la terminación de
la vigencia pactada, se desarrolle la actividad en la empresa. Estos acuerdos tendrán la vigencia
que las partes determinen.

Artículo 7. Vinculación a la totalidad
El articulado del presente Convenio forma un conjunto unitario. No serán admisibles las interpretaciones o aplicaciones que, a efectos de juzgar sobre situaciones individuales o colectivas, valoren
aisladamente las estipulaciones convenidas.

BOCM-20240420-3

Si no se denuncia, o la denuncia no se hace en el plazo antes indicado, se prorrogará por periodos
sucesivos de un año, con un incremento salarial anual equivalente al incremento del I.P.C. general
en el conjunto nacional en el período del año natural (enero-diciembre) anterior a la fecha de terminación o a la de cualquiera de sus prórrogas.