Pinto (BOCM-20240419-72)
Ofertas de empleo. Convocatoria proceso selectivo
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 19 DE ABRIL DE 2024

B.O.C.M. Núm. 93

Ley. Se prevé la comunicación de datos mediante la publicación de listas y resultados conforme lo establecido en las bases de esta convocatoria, con el objeto de atender a la obligación de publicidad activa de los procesos de personal.
La presentación de la solicitud de participación implica la indicación expresa de los/as
aspirantes de que reúnen todos y cada uno de los requisitos exigidos en la convocatoria y de
que autoriza a que los datos recabados en la solicitud, sean incorporados y tratados por el
Área de Recursos Humanos al objeto de llevar a cabo el proceso de selección de personal y
su posterior nombramiento o contratación, así como a la formación de una bolsa de empleo
temporal en los casos en que así proceda porque este establecido en la convocatoria.
El interesado/a puede ejercitar los derechos de acceso, rectificación, limitación u oposición, así como los desarrollados por la normativa señalando las causas de solicitud y acreditando su identidad ante el Ayuntamiento de Pinto, plaza de la Constitución, número 1, 28320
Pinto (Madrid), indicando en el asunto: Ref. Protección de Datos, o bien a través de la Sede
Electrónica o email del Delegado de Protección de Datos: delegadodp@ayto-pinto.es . Podrá
presentar reclamación para la tutela de sus derechos en la Agencia Española de Protección
de Datos Personales, en su sede electrónica, o en la dirección postal de la calle Jorge Juan,
número 6, 28001 de Madrid.
Se puede consultar la información adicional al formulario de participación en la página web del Ayuntamiento de Pinto.
1.3. Procedimiento selectivo. El procedimiento de selección de los/las aspirantes
será el de Concurso-Oposición libre.
1.4. Funciones de la plaza. A las personas titulares de estas plazas les corresponderán las funciones establecidas en el artículo 53 de la Ley Orgánica 2/1986, de Fuerzas y
Cuerpos de Seguridad, en el artículo 11 de la Ley 1/2018, de 22 de febrero, de Coordinación de las Policías Locales de la Comunidad de Madrid y en el artículo 7 y 12.1e) del Decreto 210/2021, de 15 de septiembre, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba el Reglamento Marco de Organización de las Policías Locales de la Comunidad de Madrid.
1.5. Régimen de incompatibilidades. Las personas aspirantes que resulten nombradas para estas plazas quedarán sometidas, desde el momento de su toma de posesión, al régimen de incompatibilidades vigente y no podrán simultanear el desempeño de aquéllas con
el de cualesquier otra plaza, cargo o empleo remunerado, con fondos del propio Ayuntamiento de Pinto, del Estado, de las Comunidades Autónomas, de Entidades o Corporaciones Locales, de empresas que tengan carácter oficial o relación con dichos organismos, aunque los sueldos tengan carácter de gratificación o emolumentos de cualquier clase.
1.6. Las bases específicas de la convocatoria serán publicadas íntegramente en el
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en la sede electrónica (tablón electrónico) del Ayuntamiento de Pinto:
— https://sedeelectronica.ayto-pinto.es/portal/noEstatica.do?opc_id=268&ent_id=1&idioma=1

Y en el portal https://pinto.convoca.online/
La convocatoria del proceso se publicará en el “Boletín Oficial del Estado”.
El resto de actuaciones derivadas del proceso selectivo serán publicadas en la sede
electrónica (tablón electrónico) del Ayuntamiento de Pinto:
— https://sedeelectronica.ayto-pinto.es/portal/noEstatica.do?opc_id=268&ent_id=1&idioma=1

Y en el portal https://pinto.convoca.online/ y en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIMADRID cuando proceda a efectos del cómputo de plazos para subsanar.

DAD DE

Para la admisión a la realización de las pruebas selectivas deberán reunir los siguientes requisitos:
a) Tener nacionalidad española.
b) Tener dieciocho años de edad.
c) Estar en posesión de las titulaciones académicas de Bachiller, Técnico o equivalente, expedido con arreglo a la legislación vigente. En caso de titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá estar en posesión de la correspondiente convalidación o de la credencial que acredite, en su caso, la homologación.
d) No haber sido separada o separado mediante expediente disciplinario del servicio
de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales
o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial.

BOCM-20240419-72

2. Requisitos de los/as aspirantes