B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE SANIDAD - SERVICIO MADRILEÑO DE SALUD (BOCM-20240418-11)
Aspirantes proceso selectivo –  Resolución de 5 de abril de 2024, de la Dirección General de Recursos Humanos y Relaciones Laborales del Servicio Madrileño de Salud, por la que se declaran superadas las pruebas selectivas por el turno libre para el acceso a la condición de personal estatutario fijo de la categoría de Pinche del Servicio Madrileño de Salud y se fija la fecha del procedimiento complementario de elección de plaza y presentación de documentación acreditativa
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B.O.C.M. Núm. 92

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 18 DE ABRIL DE 2024

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b) Titulación exigida para su participación en estas pruebas selectivas o, en su caso,
de la certificación académica que acredite haber realizado y aprobado los estudios
completos necesarios para la expedición de dichos títulos, junto a la acreditación
del pago de la tasa correspondiente a la expedición de los mismos. En el caso de
titulaciones obtenidas en el extranjero deberá presentarse la credencial de homologación.
c) En el caso de haber superado el proceso selectivo por el cupo de discapacidad, certificado vigente acreditativo de la discapacidad, expedido por el órgano competente de la Comunidad Autónoma correspondiente, o tarjeta acreditativa del grado de la discapacidad.
d) Conforme lo dispuesto en el artículo 57.1 de la Ley Orgánica 8/2021, de 4 de junio, de protección integral a la infancia y la adolescencia frente a la violencia, deberán presentar certificación negativa del Registro Central de delincuentes sexuales y de trata de seres humanos, acreditativo de que no han sido condenados
mediante sentencia firme por cualquier delito contra la libertad e indemnidad sexuales, así como por cualquier delito de trata de seres humanos.
e) La capacidad funcional necesaria para el desempeño de las funciones que se deriven del correspondiente nombramiento, se acreditará mediante informe favorable
expedido por el Servicio de Prevención de Riesgos Laborales del centro donde se
encuentra la plaza asignada en el proceso selectivo.
Queda condicionada la toma de posesión a la obtención de la citada certificación y a
su presentación en la sede de la Dirección General de Recursos Humanos y Relaciones Laborales del Servicio Madrileño de Salud.
No será necesario aportar la documentación descrita en los apartados a) en el caso de
aspirantes con nacionalidad española y b) únicamente en el caso de que se disponga de Titulación Universitaria, obteniéndose de oficio por la Administración la información a que
van referidas, siempre que el interesado no se oponga a su consulta por motivos que deberá justificar, y ésta se encuentre disponible en la plataforma de intermediación de datos de
las Administraciones Públicas.
En las mismas condiciones, se obtendrá de oficio la información requerida en el apartado c) en caso de que la documentación acreditativa hubiera sido expedida por el órgano
competente de la Comunidad de Madrid y con la salvedad señalada en el párrafo anterior.
Tampoco será necesaria la presentación de la documentación descrita en el apartado d)
si se autoriza de forma expresa a que dichos datos sean consultados por la Administración.
Ante la imposibilidad, debidamente justificada, de presentar los documentos expresados en la base anterior podrá acreditarse que se reúnen las condiciones exigidas en la convocatoria mediante cualquier medio de prueba admitido en derecho.
Quienes, dentro del plazo fijado y salvo casos de fuerza mayor, no presentasen la documentación o del examen de la misma se dedujera que carecen de alguno de los requisitos
señalados en la base segunda de la convocatoria del proceso selectivo, no podrán ser nombrados personal estatutario del Servicio de Madrileño de Salud, quedando anuladas todas
sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubiera podido incurrir por falsedad en la solicitud de participación. La Dirección General de Recursos Humanos y Relaciones Laborales del Servicio Madrileño de Salud dictará Resolución motivada en la que se
declare la pérdida de los derechos que pudieran derivarse de su participación en las pruebas selectivas.
Quinto
1. De conformidad con lo establecido en la base 8.8 de la convocatoria, la Dirección
General de Recursos Humanos y Relaciones Laborales, una vez finalizado el plazo habilitado para la elección de plaza y presentación de documentos, publicará en la página web
https://www.comunidad.madrid/servicios/salud/pruebas-selectivas-pinche-2019 la relación de aspirantes aprobados indicando la plaza adjudicada, así como los Servicios de Prevención de Riesgos Laborales de los centros donde se encuentran las plazas asignadas, al
objeto de que se dirijan a los mismos para obtener el informe favorable que acredite la capacidad funcional para el desempeño de las funciones del correspondiente nombramiento,
estableciéndose un plazo de 10 días hábiles para el cumplimiento de este trámite.
2. De conformidad con la base 10.1 de la convocatoria del proceso, una vez comprobado el cumplimiento de los requisitos de los aspirantes, la Dirección General de Recursos

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Asignación de plazas