B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE SANIDAD - SERVICIO MADRILEÑO DE SALUD (BOCM-20240418-11)
Aspirantes proceso selectivo –  Resolución de 5 de abril de 2024, de la Dirección General de Recursos Humanos y Relaciones Laborales del Servicio Madrileño de Salud, por la que se declaran superadas las pruebas selectivas por el turno libre para el acceso a la condición de personal estatutario fijo de la categoría de Pinche del Servicio Madrileño de Salud y se fija la fecha del procedimiento complementario de elección de plaza y presentación de documentación acreditativa
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BOCM

JUEVES 18 DE ABRIL DE 2024

B.O.C.M. Núm. 92

para dicho cupo. Si agotado el cupo de reserva para personas con discapacidad, hubiera más
participantes en este cupo, pasarán a ocupar el puesto que su puntuación final les otorgue dentro del cupo general, pudiendo obtener destino de entre el resto de los ofertados en este cupo.
Tercero
Procedimiento y plazo de elección de plazas y presentación de documentación
1. La elección de plazas y la presentación de la documentación acreditativa del cumplimiento de requisitos por las personas incluidas en el Anexo I, se realizarán exclusivamente
de forma electrónica, mediante la cumplimentación y envío del formulario de elección que
estará disponible en la página web https://www.comunidad.madrid/servicios/salud/pruebasselectivas-pinche-2019 y en www.comunidad.madrid/servicios/administracion-digital-puntoacceso-general
2. A estos efectos, se habilita un plazo de 10 días hábiles, a contar desde el día hábil
siguiente al de la publicación de esta Resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD
DE MADRID para realizar la elección en el modo que se indica en esta resolución.
3. Los aspirantes deberán solicitar al menos un número de plazas equivalente al número de orden obtenido que figura en el Anexo I, más 5 plazas para cubrir la posibilidad de
adjudicación preferente por aplicación del Real Decreto 2271/2004, de 3 de diciembre, por
el que se regula el acceso al empleo público y la provisión de puestos de trabajo de las personas con discapacidad.
4. En el caso de presentar más de una solicitud de elección de plazas dentro del plazo establecido, se considerará válida la última registrada, quedando anuladas las anteriores.
5. Finalizado el plazo indicado no se admitirán modificaciones en la relación de destinos solicitados.
6. A los aspirantes que no incluyan las plazas suficientes para obtener una de ellas,
se les adjudicará destino en alguna de las vacantes del Anexo II que resulten sin adjudicar,
una vez atendidas las peticiones de los demás aspirantes.
7. De conformidad con lo establecido en la base 8.6 de la convocatoria, perderán los
derechos derivados de su participación en las pruebas selectivas quienes no soliciten plaza
en el plazo indicado y conforme al procedimiento establecido en esta Resolución.
8. En la página web https://www.comunidad.madrid/servicios/salud/pruebas-selectivaspinche-2019 y en www.comunidad.madrid/servicios/administracion-digital-punto-accesogeneral, estarán disponibles:
— El formulario “Elección de plaza y documentación acreditativa”.
— El modelo “Autorización de presentación de solicitud”.
— Las instrucciones relativas a la cumplimentación y presentación de forma electrónica.
9. El formulario y la documentación acreditativa se presentará por Internet a través
del Registro Electrónico de la Consejería de Sanidad, o de los demás registros previstos en
el artículo 16.4.a) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas, por lo que será necesario disponer de uno de los
Certificados Electrónicos reconocidos o cualificados de firma electrónica, que sean operativos en la Comunidad de Madrid y expedidos por prestadores incluidos en la “Lista de confianza de prestadores de servicios de certificación” o cualquier otro sistema de firma electrónica que la Comunidad de Madrid considere válido en los términos y condiciones que se
establezcan específicamente para cada tipo de firma.
10. De acuerdo con lo establecido en el artículo 5 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre,
del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, la solicitud/formulario puede ser firmada por medio de representante que actúe en nombre del interesado. En
este caso y a los únicos efectos de presentar la solicitud/formulario, deberá aportarse el modelo de autorización debidamente cumplimentado (Autorización de presentación de solicitud).
Cuarto
Documentación a presentar
Los aspirantes incluidos en el Anexo I, deberán adjuntar al formulario “Elección de
plaza y documentación acreditativa”, la siguiente documentación:
a) Aspirantes de nacionalidad española: Documento nacional de identidad o pasaporte.
Aspirantes que no posean la nacionalidad española:
— Documento que acredite su nacionalidad.
— Documentación acreditativa del vínculo de parentesco requerida en la base
novena de la convocatoria.

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