Gascones (BOCM-20240417-65)
Régimen económico. Padrones fiscales
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 17 DE ABRIL DE 2024

B.O.C.M. Núm. 91

El anuncio tendrá carácter de notificación colectiva de conformidad con lo previsto en
el artículo 102.3 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.
Exposición pública de padrones

BOCM-20240417-65

Los padrones fiscales se expondrán al público en las oficinas municipales veinte días
antes del día de inicio de los respectivos períodos de cobro, pudiendo consultarse hasta un
mes antes de la finalización del período voluntario de cobro en las dependencias municipales. Durante el plazo indicado de exposición al público, y de acuerdo con lo dispuesto en la
Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y Garantía de
los Derechos Digitales, la información relativa a los datos de los padrones o matrículas solo
se facilitará al obligado tributario o su representante, debidamente acreditado, que directamente les afecten.
Las variaciones de las deudas tributarias u otros elementos tributarios originados por
la aplicación de modificaciones introducidas en la ley y las ordenanzas fiscales reguladoras
de los tributos, o resultantes de declaraciones de variación reglamentarias que haya de presentar el sujeto pasivo, serán notificadas colectivamente, al amparo de lo que prevé el artículo 102.3 de la Ley General Tributaria.
Contra la exposición pública de los padrones y matrículas y las liquidaciones en ellos
incorporadas, se podrá interponer recurso de reposición, previo al contencioso-administrativo, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la finalización del período de
exposición pública del padrón o matrícula, de conformidad con lo establecido en el artículo 14.2 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, que aprueba el texto refundido
de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales. La interposición del recurso no detendrá la
acción administrativa para la cobranza, a menos que el interesado solicite, dentro del plazo
para interponer el mismo, la suspensión de la ejecución del acto impugnado, de conformidad con el artículo 14.2.i) del citado Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo.
Gascones, a 5 de abril de 2024.—El alcalde-presidente, Jesús Manuel Romero.
(01/5.242/24)

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D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791