Pedrezuela (BOCM-20240417-73)
Régimen económico. Ordenanza precio público
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

Pág. 242

MIÉRCOLES 17 DE ABRIL DE 2024

B.O.C.M. Núm. 91

— Las infracciones graves prescribirán a los seis meses de la iniciación del procedimiento sancionador sino se produce reiteración en su comisión.
— Las infracciones muy graves prescribirán al (1) año de la iniciación del procedimiento sancionador sino se produce reiteración en su comisión se produce
reiteración en su comisión.
Art. 19. Legislación aplicable.—En todo lo no previsto en el presente acuerdo se estará a lo dispuesto en el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales aprobado por Real Decreto 2/2004, de 5 de marzo; la Ley 8/1989, de 13 de abril, de Tasas y Precios Públicos; Real Decreto-Ley 6/2010, de 9 de abril, de medidas para el impulso de la
recuperación económica y el empleo; Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del sector eléctrico
y Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; así como en la ordenanza general aprobada por este Ayuntamiento.
DISPOSICIÓN FINAL
Entrada en vigor

BOCM-20240417-73

La presente ordenanza entrará en vigor al día siguiente a la publicación íntegra de su
texto articulado en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
La ordenanza municipal reguladora del precio público para suministro de recarga
eléctrica en puntos de recarga municipales del Pedrezuela fue aprobada inicialmente en el
Pleno de 21 de diciembre de 2023.
En Pedrezuela, a 5 de abril de 2024.—El alcalde, Rodrigo García Zafra.
(03/5.246/24)

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D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791