B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, AGRICULTURA E INTERIOR - Agencia de Seguridad y Emergencias Madrid 112 (BOCM-20240417-33)
Aspirantes proceso selectivo –  Resolución de 8 de abril de 2024, del Director General de Emergencias, por la que se da publicidad al calendario, programa y regulación del curso selectivo, en ejecución de resolución judicial por la que se procede a la inclusión de un aspirante en la relación definitiva de personas admitidas al proceso selectivo de promoción interna para el ingreso en el Cuerpo de Bomberos de la Comunidad de Madrid, Escala Ejecutiva u Operativa, Categoría de Jefe de Equipo, Grupo C, Subgrupo C1, convocado mediante Orden 1143/2019, de 16 de diciembre, de la entonces Consejería de Hacienda y Función Pública
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 17 DE ABRIL DE 2024

B.O.C.M. Núm. 91

Recuperaciones.
Si el aspirante no superara un módulo podrá acceder a una única recuperación de la
misma; parte teórica, parte práctica o ambas, según corresponda.
De no aprobarse la recuperación y teniendo en cuenta el carácter selectivo del curso,
el Servicio de Formación emitirá a esta Dirección General informe inmediato en el que se
constate la no superación del módulo correspondiente, para que valore si procede obrar de
acuerdo a lo previsto en la base 6.3.3 de la Orden 1143/2019, de 16 de diciembre.
Convocatorias.
Todas las convocatorias de celebración de exámenes y/o pruebas objeto de calificación, incluidas las recuperaciones, así como las calificaciones individuales y las de valoración de grupo, se harán públicas mediante llamamiento único en la forma que determine el
Servicio de Formación del Cuerpo de Bomberos.
Calificaciones.
Superados todos los exámenes de los módulos, tanto teóricos como prácticos, se dará
una calificación ponderada para el parcial de acuerdo con los porcentajes asignados en el
Anexo a cada módulo.
Si en el desarrollo de una prueba de evaluación los instructores o cuidadores involucrados tienen conocimiento de la quiebra de los principios de decoro, legalidad o mérito
individual (uso de documentos o herramientas no permitidas, copia o intento de copia, comunicación entre aspirantes, etc.) se procederá a la expulsión inmediata del aspirante y se
dará por suspensa la prueba, levantando acta de los motivos que se elevará al Servicio de
Formación para su valoración.
Debido a que en el desarrollo del curso se hace especial hincapié en el trabajo en equipo, algunas cuestiones podrán ser evaluadas de forma grupal, obteniendose una calificación
de equipo, que será la misma para cada uno de los componentes de aquel, salvo manifiesta
incapacidad de alguno de sus miembros.
La nota de una recuperación superada será de 5 puntos o del mínimo establecido para
el aprobado.
La nota final del curso selectivo podrá verse afectada por la reducción porcentual que
pudiera corresponder de la aplicación del régimen de sanciones aquí previsto.
Si por aplicación de las reducciones que correspondan, el aspirante obtiene una nota
inferior al aprobado en alguno de los parciales, podrá realizar una única recuperación sobre
las materias afectadas debiendo realizar un examen consistente en un cuestionario de preguntas con respuestas alternativas y/o desarrollo de uno o varios temas por escrito. En caso
de haberse sometido a previa recuperación en alguna de las materias afectadas, no será posible realizar la recuperación prevista en el presente apartado.
En caso de no superar o de no poder realizar la recuperación anteriormente indicada,
el Servicio de Formación emitirá a esta Dirección General informe inmediato en el que se
constate la no superación del parcial correspondiente, para que valore si procede obrar de
acuerdo a lo previsto en la base 6.3.3 de la Orden 1143/2019, de 16 de diciembre.
Para los supuestos en los que el aspirante realice alguna reclamación sobre las preguntas, respuestas o calificación de los exámenes escritos, será informada por el coordinador
del curso, una vez comprobado con el docente responsable del módulo impartido al que se
refiera la reclamación, para que se valoren posibles errores y se contestará por el Servicio
de Formación al interesado en un plazo máximo de 15 días hábiles, sin perjuicio de que pueda interponer los recursos y reclamaciones que considere en el ámbito del proceso selectivo, convocado por la mencionada orden.
Deberes y obligaciones.
Sin perjuicio de lo previsto en la base 6.3.3 de la Orden 1143/2019, de 16 de diciembre,
se aplicarán las siguientes reglas de obligado cumplimiento:
— La asistencia a las clases y actividades que se organicen en el desarrollo del curso
selectivo es obligatoria:
• Cualquier ausencia deberá estar justificada, preavisada y autorizada por el coordinador del curso o persona/s en quien/es este hubiera podido delegar.
• Todas las causas justificadas serán documentadas y remitidas al Cuerpo de
Bomberos de la Comunidad de Madrid para su valoración.
• El retraso en la incorporación a una clase teórica supondrá la ausencia a la clase
completa y se deberá esperar a que comience la clase siguiente para no inte-

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