D) Anuncios - CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, JUSTICIA Y ADMINISTRACIÓN LOCAL - O. A. Agencia de la Comunidad de Madrid para la Reeducación y Reinserción del Menor Infractor (BOCM-20240416-22)
Convenio –  Convenio de 25 de marzo de 2024, de cooperación educativa entre la Universidad Camilo José Cela y la Comunidad de Madrid, para la realización de prácticas externas en la Agencia de la Comunidad de Madrid para la Reeducación y Reinserción del Menor Infractor
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 90

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 16 DE ABRIL DE 2024

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I. COMUNIDAD DE MADRID

D) Anuncios
Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local
O. A. AGENCIA DE LA COMUNIDAD DE MADRID
PARA LA REEDUCACIÓN Y REINSERCIÓN DEL MENOR INFRACTOR
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CONVENIO de 25 de marzo de 2024, de cooperación educativa entre la Universidad Camilo José Cela y la Comunidad de Madrid, para la realización de prácticas externas en la Agencia de la Comunidad de Madrid para la Reeducación y
Reinserción del Menor Infractor.
En Madrid, a 25 de marzo de 2024.
REUNIDOS

De una parte, el Excmo. Sr. D. Miguel Ángel García Martín, Consejero de Presidencia, Justicia y Administración Local y Presidente del Consejo de Administración de la
Agencia de la Comunidad de Madrid para la Reeducación y Reinserción del Menor Infractor, nombrado por Decreto 39/2023, de 23 de junio, de la Presidenta de la Comunidad de
Madrid, que actúa en ejercicio de su cargo, en virtud de las atribuciones conferidas por los
artículos 5 y 7.a) de la Ley 3/2004, de 10 de diciembre, de creación de la citada Agencia.
De otra parte, el Magfco. Sr. D. Héctor Mauricio Escamilla Santana, Rector de la Universidad Camilo José Cela (en adelante, UCJC), en nombre y representación del Centro de Enseñanza Universitaria SEK, propietaria de la Universidad Camilo José Cela, con CIF A-79/336947 y
domicilio en Villanueva de la Cañada, calle Castillo de Alarcón, 49, 28692 Madrid, de conformidad con sus estatutos y en virtud de las atribuciones conferidas en su nombramiento de fecha 2 de agosto de 2023.
Ambas partes se reconocen mutuamente capacidad jurídica suficiente para suscribir el
presente convenio, y, a tal efecto,

I. El Real Decreto 1791/2010, de 30 de diciembre, por el que se aprueba el Estatuto
del Estudiante Universitario, establece en su artículo 8.f) el derecho de los estudiantes de
grado a la realización de prácticas curriculares, que podrán realizarse en entidades externas.
El Real Decreto 592/2014, de 11 de julio, por el que se regulan las prácticas académicas externas de los estudiantes universitarios, establece en su artículo 8.1.a) la posibilidad,
por parte de los estudiantes matriculados en enseñanzas impartidas por la Universidad, de
realizar prácticas académicas externas.
II. La Comunidad de Madrid tiene como uno de los retos estratégicos en materia de
recursos humanos el de atraer nuevo talento externo que facilite un ordenado relevo generacional, garantía a su vez de la conservación y gestión del conocimiento interno. De esta
forma, considera esencial que los estudiantes universitarios tengan un conocimiento directo y completo de la auténtica realidad de la gestión administrativa y de las oportunidades de
empleo que la Administración autonómica ofrece.
Dentro de ella, el Organismo Autónomo Agencia de la Comunidad de Madrid para la Reeducación y Reinserción del Menor Infractor (en adelante, ARRMI), según el artículo 2 de la
Ley 3/2004, de 10 de diciembre, por la que fue creada, tiene como objetivo básico “concentrar, desarrollar y ejecutar programas y actuaciones que contribuyan a los fines de reinserción y educación”. Es, por tanto, una responsabilidad fundamental de la ARRMI impulsar
los mejores medios para el desarrollo de estas funciones, posibilitando así la reeducación y
reinserción de los menores a su cargo. Entre estos medios se encuentra la colaboración con
la universidad e instituciones académicas para contribuir al mejor desarrollo de los profesionales que participan en las tareas educativas, facilitando y apoyando la realización de ac-

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