Madrid (BOCM-20240415-37)
Régimen económico. Área de Gobierno de Vicealcaldía, Portavoz, Seguridad y Emergencias. Extracto convocatoria subvenciones
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 89

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 15 DE ABRIL DE 2024

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Tercero. Bases reguladoras.—Ordenanza de Bases Reguladoras Generales para la
concesión de Subvenciones por el Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Públicos,
aprobada por acuerdo de 30 de octubre de 2013 del Pleno del Ayuntamiento de Madrid y el
decreto de la Delegada del Área de Gobierno de Vicealcaldía, Portavoz, Seguridad y Emergencias de 4 de abril de 2024, por el que se acuerda el inicio de la tramitación del expediente de la convocatoria pública de subvenciones destinadas al desarrollo de proyectos para
impulsar acciones de regeneración del entorno urbano y del espacio público en los distritos
de Centro, Arganzuela, Retiro, Salamanca, Chamartín, Tetuán, Chamberí, Fuencarral-El
Pardo, Moncloa-Aravaca, Latina, Carabanchel, Usera, Puente de Vallecas, Moratalaz, Ciudad Lineal, Hortaleza, Villaverde, Villa de Vallecas, Vicálvaro, San Blas-Canillejas y Barajas en 2024 y 2025.
Cuarto. Cuantía.—El importe total destinado a esta convocatoria se cifra en quince
millones cuatrocientos noventa y ocho mil euros (15.498.000 euros), siete millones setecientos cuarenta y nueve mil (7.749.000 euros) en el año 2024 y siete millones setecientos
cuarenta y nueve mil (7.749.000 euros) en el año 2025, distribuidos equitativamente entre
los 21 distritos, trescientos sesenta y nueve mil euros (369.000 euros) para cada uno de
ellos, cada año.
Dichos importes se imputarán a la aplicación presupuestaria 001/120/922.09/489.01
“Otras transferencias a instituciones sin fines de lucro” del programa “Desconcentración y
Acción Territorial” del Presupuesto General del Ayuntamiento de Madrid para 2024, y la
equivalente, del Presupuesto General del Ayuntamiento de Madrid en el ejercicio 2025.
Se hace constar que se solicitará la consignación de crédito por el importe estimado para
el ejercicio de 2025 en el proyecto de Presupuesto General del Ayuntamiento de Madrid.
El importe de cada una de las subvenciones se abonará en dos pagos, (uno en 2024 y
otro en 2025), que tendrán carácter de pagos anticipados, de acuerdo con el artículo 40.1 de
la OBRS.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.—El plazo de presentación de solicitudes será de quince (15) días hábiles contados desde el siguiente a la publicación del extracto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Sexto. Otros datos.—Los proyectos que no contemplen actividades para la consecución de los cuatro objetivos relacionados en el apartado 2, o cuyo presupuesto se limite a
una única anualidad, no serán objeto de valoración.
Cada asociación o fundación, o agrupación de estas, y otras entidades inscritas en las
secciones 1.a o 2.a del Censo Municipal de Entidades y Colectivos Ciudadanos del Ayun-

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la normativa de circulación y uso de espacios públicos de este tipo de vehículos,
así como la detección y comunicación a los servicios competentes del inadecuado
estado de los contenedores de recogida de residuos.
En todos los casos, será necesario el previo informe de los servicios municipales
competentes, relativo a la viabilidad de la actuación propuesta.
c) Participar y contribuir en tareas complementarias de atención social orientadas a
los colectivos más vulnerables (familias, infancia, mayores, entre otros) en colaboración, cuando proceda, con los servicios sociales de los distritos; así como en actuaciones de carácter educativo, cultural o deportivo (difusión a pie de calle, en centros de mayores, en colegios, otros emplazamientos) de las actividades programadas
por los servicios de los distritos; colaboración y apoyo en el desarrollo de las actividades de los centros culturales, actuaciones de dinamización en patios de centros educativos: murales, juegos infantiles, aulas de naturaleza, actividades complementarias de formación en sostenibilidad, y hábitos saludables.
En todos los casos, será necesario el previo informe de los servicios municipales
competentes, relativo a la viabilidad de la actuación propuesta.
Con el objeto de evitar disfunciones entre los objetos de los contratos municipales
y el desarrollo de las actividades previstas en las letras a, b y c del presente apartado, los solicitantes que lo deseen podrán dirigirse al órgano convocante solicitando una copia, en formato electrónico, de dichos contratos, con el fin de verificar que las actuaciones propuestas no se encuentran incluidas en los contratos
municipales indicados.
d) Integrar socio laboralmente a la población activa, residente preferentemente en el
distrito de actuación, excluida del mercado laboral, facilitando la formación adecuada a las funciones a desempeñar con la finalidad de mejorar sus oportunidades
de empleo.