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Convenio –  Convenio de 25 de marzo de 2024, entre la Comunidad de Madrid y Plena Inclusión Madrid, para el impulso de la accesibilidad cognitiva de las personas con discapacidad intelectual o del desarrollo
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 88

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
SÁBADO 13 DE ABRIL DE 2024

Pág. 31

Cláusula Cuarta
Compromisos de Plena Inclusión Madrid
Plena Inclusión Madrid llevará a cabo el desarrollo y ejecución de las actuaciones previstas en el presente convenio, con el apoyo del presupuesto aportado por la Comunidad de
Madrid, a través de la Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local, justificando adecuadamente la utilización del mismo.
Plena Inclusión Madrid se compromete a desarrollar con sus propios medios materiales y humanos las labores acordadas bajo el ámbito del presente convenio en materia de impulso e implementación de la accesibilidad cognitiva, respecto de los siguientes ámbitos:
1. Bloque de entornos físicos, integrado por la selección de infraestructuras que realice
la Comunidad de Madrid, sobre las que realizar labores de mejora de la accesibilidad cognitiva.
2. Bloque digital, que incluirá el conjunto de plataformas, páginas web, portales y
otra serie de espacios y herramientas digitales seleccionado por la Comunidad de Madrid.
3. Bloque de lectura fácil, integrado por la selección de leyes, planes de acción o estrategias, instrucciones, guías explicativas, trámites y guías informativas, que seleccione la
Comunidad de Madrid, en el ámbito de sus diferentes competencias.
4. Bloque de atención y concienciación, que comprenderá el acompañamiento con
personas de apoyo, para facilitar la realización por las personas con discapacidad intelectual o del desarrollo de gestiones presenciales en la Red de Oficinas de Atención al Ciudadano de la Comunidad de Madrid, así como la celebración de acciones de información de
servicio público, la impartición de cursos, seminarios y, finalmente, jornadas de formación
sobre el concepto de accesibilidad cognitiva.
Para la ejecución de estas actuaciones, Plena Inclusión Madrid empleará a personal
con formación y experiencia en adaptaciones a lectura fácil y desarrollo de proyectos de publicaciones en lectura fácil, así como en metodologías facilitadoras y con conocimientos en
la aplicación de soluciones para entornos construidos y digitales. Para ello podrá servirse
de personas con discapacidad intelectual formados como validadores de textos de lectura
fácil y evaluadores de entornos construidos y digitales, así como sus propias instalaciones
y equipamientos.
Asimismo, Plena Inclusión Madrid hará constar la participación y financiación de la
Comunidad de Madrid en los documentos de difusión relacionados con el presente convenio conforme a la imagen corporativa y los logotipos oficiales facilitados por la Comunidad de Madrid.
La entidad queda obligada a destinar los fondos que la Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local le aporte a la cobertura del conjunto de las actuaciones amparadas en el presente convenio, y acreditarlo debidamente.
Cláusula Quinta
Financiación
La Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local, participará con una aportación económica de 50.000 euros con cargo al
programa presupuestario 921T (partida 22802, “Convenios con instituciones sin fines de
lucro”) del Presupuesto de Gastos de 2024, para contribuir a la financiación de las actuaciones comprendidas en el presente convenio y dirigidos a promover e impulsar la accesibilidad cognitiva de las personas con discapacidad intelectual o de desarrollo.
Cláusula Sexta
La Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local, participará en el coste de los compromisos contenidos en este convenio
con la aportación económica de 50.000 euros.
El pago de esta aportación económica se realizará en dos partes: la primera, a la finalización de los primeros tres meses de vigencia, y la segunda a la finalización del plazo total de vigencia. Estos pagos se ejecutarán mediante el ingreso en la cuenta bancaria que a
tal efecto comunique la entidad, de conformidad con la cantidad justificada en la documentación que a continuación se indica y que se deberá presentar previamente, en el plazo máximo de 15 días desde la finalización de los primeros tres meses de vigencia del convenio,

BOCM-20240413-3

Pago y justificación