Colmenar de Oreja (BOCM-20240412-49)
Ofertas de empleo. Convocatoria proceso selectivo
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 12 DE ABRIL DE 2024

B.O.C.M. Núm. 87

Sin perjuicio de la finalidad de esta última prueba de reconocimiento médico, a los aspirantes se les podrá realizar en cualquier fase del proceso selectivo análisis de sangre y orina o cualquier otro que se estime conveniente para detectar el consumo de drogas tóxicas,
estupefacientes o psicotrópicos. La participación en el proceso lleva implícita la autorización expresa para la realización de estos análisis.
Si el interesado se negara a someterse a la realización de dichos análisis, el Tribunal,
previa audiencia del interesado, acordará su exclusión del proceso.
b) Concurso:
Esta fase no tendrá carácter eliminatorio. A esta fase del proceso selectivo tan solo pasarán las personas aspirantes que hayan superado la fase de oposición, a cuyos efectos, el
Tribunal Calificador abrirá un plazo de quince días hábiles para que quienes hayan superado la citada fase de oposición, puedan aportar los méritos alegados, acompañados de un
currículo profesional de conformidad con lo dispuesto en la Base 3.3.
El Tribunal examinará la documentación aportada por los aspirantes que hayan superado las pruebas de oposición a fin de apreciar las aptitudes y méritos alegados:
— Carrera profesional y administrativa.
— Titulaciones académicas y conocimiento de idiomas.
— Formación y perfeccionamiento profesional.
5.2. Curso selectivo de formación.
Será requisito indispensable para todos los aspirantes superar un curso selectivo de formación en el Instituto de Formación Integral en Seguridad y Emergencias de la Comunidad
de Madrid con una carga lectiva no inferior a un período lectivo de 625 horas o su equivalente en créditos ECTS.
5.3. Período de prácticas.
Se establece con carácter eliminatorio la superación de un período de prácticas en el
municipio, cuya duración será de 6 meses.
Sexta. Calificación del concurso-oposición
6.1. Fase de oposición.
6.1.1. Normas generales:
Las pruebas psicotécnicas se calificarán como “apto” o “no apto”.
Las pruebas físicas se calificarán de 5 a 10 puntos, siendo necesario obtener para superarlas un mínimo de 5 puntos en cada una de ellas. Para la realización de una prueba será
necesaria la previa superación de la anterior. La nota final será la media aritmética correspondiente al conjunto de las pruebas.
Las pruebas culturales se calificarán en su conjunto de 0 a 10 puntos, siendo necesario
obtener para superarlas un mínimo de 5 puntos, resultante de la media ponderada de la puntuación obtenida en la prueba de conocimientos y en la prueba de idioma, calificadas cada
una de ellas de 0 a 10 puntos, siendo preciso obtener en ambas, al menos, una calificación
de 5 puntos, y sin que el porcentaje de ponderación de la prueba de idioma pueda ser inferior al 10 por ciento ni superior al 20 por ciento respecto a la calificación final del conjunto de estas pruebas.
El reconocimiento médico se calificará como “apto” o “no apto”.
El Tribunal Calificador queda facultado para la determinación del nivel mínimo exigido para la obtención de la calificación mínima de cinco puntos y de la calificación de
“apto”, de conformidad con el sistema de valoración que se adopte en cada prueba.
Las mujeres embarazadas que prevean qué, por las circunstancias derivadas de su avanzado estado de gestación y previsión de parto, o eventualmente primeros días del puerperio,
su coincidencia con las fechas de realización de cualquiera de los exámenes o pruebas previstos en el proceso selectivo podrán ponerlo en conocimiento del Tribunal, uniendo a la comunicación el correspondiente informe médico oficial. La comunicación deberá realizarse
con el tiempo suficiente y el Tribunal determinará con base en la información de que disponga, si procede o no realizar la prueba en un lugar alternativo o bien un aplazamiento de la
prueba, o bien ambas medidas conjuntamente.
6.1.2. Calificación de las pruebas:
a) Pruebas psicotécnicas:
Serán homologadas en la forma que determine la Comunidad de Madrid, orientadas
a comprobar que las aptitudes y rasgos de personalidad de las y los aspirantes son
los más adecuados para la función policial a desempeñar. Para ello se realizarán:

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