Colmenar de Oreja (BOCM-20240412-49)
Ofertas de empleo. Convocatoria proceso selectivo
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

Pág. 184

VIERNES 12 DE ABRIL DE 2024

B.O.C.M. Núm. 87

cia de Género de la Comunidad de Madrid. Recursos municipales de atención a las víctimas de violencia de género. La Orden de Protección.
36. La Ley 17/2015, del Sistema Nacional de Protección Civil. Objeto y finalidad.
Planificación y respuesta inmediata a las emergencias. Los recursos humanos del Sistema
Nacional de Protección Civil.
37. La Policía Local y la aplicación de las ordenanzas municipales. Bandos de Alcaldía. Ordenanzas Municipales del Ayuntamiento de Colmenar de Oreja.
38. La Ordenanza reguladora de Peñas del Ayuntamiento de Colmenar de Oreja.
39. El municipio de Colmenar de Oreja: barrios, calles, plazas, parques, edificios públicos, monumentos, así como vías de acceso al término municipal.
40. El municipio de Colmenar de Oreja: Rasgos de su historia, geografía y cultura.
ANEXO III
CUADRO DE EXCLUSIONES EN RELACIÓN A LA APTITUD
PSICOFÍSICA PARA EL INGRESO EN LA CATEGORÍA DE POLICÍA
DE LA POLICÍA LOCAL DE COLMENAR DE OREJA
1. Exclusiones circunstanciales
Enfermedad o lesiones agudas de solución médica o quirúrgica, activas en el momento del reconocimiento, que potencialmente puedan producir secuelas capaces de dificultar,
limitar o impedir el desarrollo de las funciones exigidas para el puesto solicitado. En tales
casos, el Tribunal Calificador de las pruebas selectivas, con las asesorías necesarias, podrá
fijar un nuevo plazo para comprobación del estado del aspirante al final del cual la asesoría médica certificará si persiste la situación, si han quedado secuelas o han desaparecido
los motivos de exclusión circunstanciales.
2. Exclusiones definitivas de carácter general
2.1. Defectos físicos, de cualquier tipo y localización, que menoscaben o dificulten
la función pública y las realizaciones específicas del puesto al que opta, o que puedan agravarse con el desempeño del mismo.
2.2. Enfermedades agudas o crónicas de cualquier aparato o sistema con posible repercusión sobre las realizaciones específicas del puesto a que opta, o que puedan agravarse con el desempeño del mismo incluyéndose como alteraciones del sistema nervioso las
siguientes: epilepsia, depresión, jaquecas, temblor de cualquier causa, alcoholismo, toxicomanías y otros procesos patológicos que dificulten el desarrollo de la función policial.
3. Exclusiones definitivas de carácter específico
3.1.

Ojo y visión:
3.1.1. Agudeza visual espontánea remota inferior a 2/3 en ambos ojos con o sin
corrección, según la escala de Wecker. Para la realización de esta prueba, los aspirantes podrán utilizar gafas o lentillas.
3.1.2. Hemianopsias significativas.
3.1.3. Discromatopsias graves que imposibiliten el desempeño de la función
policial.
3.1.4. Desprendimiento de retina.
3.1.5. Estrabismo grave que imposibilite el desempeño de la función policial.

— Presión sistólica: 145 mm/Hg.
— Presión diastólica: 90 mm/Hg.
4. Comprobación de datos
La comprobación de datos clínicos a que hace referencia este cuadro se hará sólo y exclusivamente en el centro médico y por el equipo médico designado al efecto, y sus resultados siempre han de referirse al momento de la exploración.

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3.2. Oído y audición: Agudeza auditiva que suponga una pérdida entre 1.000 y 3.000 hertzios a 35 decibelios, o de 4.000 hertzios a 45 decibelios.
3.3. Hipertensión arterial: Las cifras de presión arterial, tomadas con el sujeto en reposo y sentado, no deberán ser superiores a: