D) Anuncios - CONSEJERÍA DE SANIDAD - SERVICIO MADRILEÑO DE SALUD (BOCM-20240411-35)
Convenio –  Convenio específico de 26 de marzo de 2024, entre la Comunidad de Madrid a través de la Consejería de Sanidad, el Servicio Madrileño de Salud y la Fundación Juegaterapia, para la decoración de las zonas de TAC y resonancia magnética, incluida la sala de espera, del Hospital Infantil Universitario “Niño Jesús”
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

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JUEVES 11 DE ABRIL DE 2024

B.O.C.M. Núm. 86

do el proyecto “El Retiro invade el Niño Jesús”, las salas se decorarán evocando el zoológico que había en el propio parque. Se instalarán vinilos en paredes y elementos en 3D.
Los objetivos perseguidos se centran en:
— Humanizar los espacios para intentar que el paciente esté tranquilo y distraído, minimizando el uso de anestesia general. Esta prueba requiere que los niños estén
completamente inmovilizados el tiempo que dura la prueba, siendo fundamental
decorar la sala para hacerla menos hostil para los niños, mejorando las condiciones de uso incrementando el confort y bienestar de los pacientes.
La zona en la que se realizarán las actuaciones incluye las siguientes áreas:
— Sala de resonancia magnética.
— Sala de TAC.
— Sala de espera.
Todos estos espacios serán decorados con vinilos impresos en color y que se colocarán en las paredes, al igual que figuras de madera en 3D.
El coste de la decoración se estima en 48.550,96 euros, IVA incluido (34.455,96 euros
la zona de resonancia magnética, y 14.095 euros la zona de TAC). Los trabajos detallados
en este anexo podrán empezar desde el día de su firma y se estima que su ejecución tendrá
una duración de 10 días.
ANEXO II
ACUERDO DE CONFIDENCIALIDAD Y TRATAMIENTO
DE INFORMACIÓN SIN ACCESO A DATOS DE CARÁCTER PERSONAL
Con base en el presente convenio específico, la Consejería de Sanidad de la Comunidad de Madrid y la fundación Juegaterapia, acuerdan con arreglo a la información creada y
suministrada entre las partes las siguientes
CLÁUSULAS
Primera
Confidencialidad
La creación e intercambio de cualquier tipo de información como consecuencia de la
ejecución del convenio, no implica un tratamiento de datos de carácter personal propiedad
de la Consejería de Sanidad de la Comunidad de Madrid, por lo que se prohíbe a la Fundación el acceso y tratamiento a dichos datos. La Fundación se compromete a informar a su
personal de esta prohibición y de guardar el debido secreto y confidencialidad con respecto a la información confidencial a la que accediese por error o de manera accidental.
Sin perjuicio de lo anterior, las partes se comprometen a guardar secreto con respecto a
la información confidencial a la que tengan acceso como consecuencia del presente convenio, salvo aquella información que deba ser pública según lo establecido en la Ley 19/2013,
de 9 de diciembre, y en la Ley 10/2019, de 10 de abril.
Segunda
Las partes informan a los representantes firmantes del presente convenio de que sus
datos de carácter personal, van a ser tratados con la finalidad estipulada en el convenio,
siendo imprescindible para ello que se aporten sus datos identificativos, el cargo que ostentan, número de DNI o documento equivalente y su firma.
Asimismo, las partes garantizan cumplir con el deber de información con respecto a
sus empleados cuyos datos personales sean comunicados entre las partes para el mantenimiento y cumplimiento del convenio. Las partes se comunicarán mutuamente la identidad
de sus Delegados de Protección de Datos, en caso de que dicho nombramiento les sea de
aplicación.
La base jurídica que legitima el tratamiento de los datos de los interesados es la necesidad para la celebración y ejecución del presente convenio.

BOCM-20240411-35

Deber de información mutuo