D) Anuncios - CONSEJERÍA DE SANIDAD - SERVICIO MADRILEÑO DE SALUD (BOCM-20240411-35)
Convenio –  Convenio específico de 26 de marzo de 2024, entre la Comunidad de Madrid a través de la Consejería de Sanidad, el Servicio Madrileño de Salud y la Fundación Juegaterapia, para la decoración de las zonas de TAC y resonancia magnética, incluida la sala de espera, del Hospital Infantil Universitario “Niño Jesús”
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

Pág. 122

JUEVES 11 DE ABRIL DE 2024

B.O.C.M. Núm. 86

gimen Fiscal de las Entidades sin Fines Lucrativos y de los Incentivos Fiscales al Mecenazgo y que de conformidad con el artículo 3 de sus Estatutos, por el que se establecen los fines fundacionales, se elaborarán e implementarán las actuaciones de colaboración previstas en el anexo I adjunto.
En virtud de lo expuesto, las partes, en el ejercicio de sus respectivas funciones, acuerdan suscribir el presente convenio con arreglo a las siguientes
CLÁUSULAS
Primera
Objeto
El presente convenio tiene por objeto, la definición, desarrollo y ejecución de actuaciones dirigidas a la humanización de los entornos sanitarios que permitan mejorar la calidad
de vida de los pacientes ingresados y/o en tratamiento y de sus familiares o allegados, mediante la adecuación de espacios en el Hospital Infantil Universitario “Niño Jesús”, en concreto, la decoración de la zona de TAC y resonancia magnética ubicada en la planta baja, incluida la sala de espera. El objetivo prioritario es conseguir que los entornos hospitalarios
sean más humanos y hagan que los pacientes y sus familiares se sientan en un entorno más
acogedor y familiar, de acuerdo a las actuaciones que se especifican en el anexo I de este
convenio.
Segunda
1. La Comunidad de Madrid a través de la Consejería de Sanidad se compromete a:
— Utilizar los circuitos de comunicación existentes para difundir las actividades que
desarrolle la Fundación en el Hospital Infantil Universitario “Niño Jesús”.
— Difundir en la página web de la Consejería de Sanidad el enlace de acceso a la memoria anual de la Fundación detallando la actividad objeto del presente convenio,
al objeto de facilitar la información a ciudadanos y profesionales sanitarios.
2. El Servicio Madrileño de Salud se compromete a:
— Facilitar a la Fundación toda la información técnica y de cualquier otra naturaleza
o tipo que tenga a su disposición y sea necesaria para la ejecución de lo previsto
en el Hospital Infantil Universitario “Niño Jesús”.
— Coordinar junto con la Fundación las obras de ejecución a través de sus equipos
técnicos, de tal manera que todas las actuaciones a realizar por la Fundación en
este sentido, habrán de ser previamente consensuadas con el equipo técnico del
Hospital Infantil Universitario “Niño Jesús”, de acuerdo a los requisitos técnicos
y de seguridad que la intervención requiera.
— Validar y aprobar cada una de las fases del proyecto, así como la aprobación previa para cualesquiera cambios que pudieran producirse, todo ello en el caso de su
conformidad con lo estipulado y con la normativa vigente.
— Proceder, una vez concluida la reforma, conforme a lo estipulado y a la normativa
vigente, a la recepción de la obra y a efectuar los trámites oportunos para la inclusión y registro de los elementos que lo requieran en el patrimonio de la Comunidad de Madrid.
3. La Fundación Juegaterapia se compromete a:
— Invertir las cantidades necesarias para concluir la ejecución del proyecto, cuyo
presupuesto y plazos de ejecución figuran en el anexo I.
— Contratar los medios técnicos y humanos necesarios para la realización del proyecto, contratando directamente con las sociedades y entidades que considere
oportunas para su ejecución.
— Coordinar, junto con el Servicio Madrileño de Salud, las obras de ejecución a través
de sus equipos técnicos, de tal manera que todas las actuaciones a realizar por la
Fundación, habrán de ser previamente consensuadas con el Servicio Madrileño de
Salud a través del equipo técnico del Hospital Infantil Universitario “Niño Jesús”,
de acuerdo a los requisitos técnicos y de seguridad que la intervención requiera.

BOCM-20240411-35

Compromisos de las partes