C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE (BOCM-20240411-28)
Concesión subvenciones –  Orden 603/2024, de 25 de marzo, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, para la concesión de una subvención directa al Grupo de Acción Local Asociación de Desarrollo Integral de la Sierra Oeste de Madrid para la ejecución de su “Plan de Sostenibilidad Turística en Destino”, que forma parte del correspondiente “Plan Territorial de la Comunidad de Madrid 2023”, a cargo del mecanismo de recuperación, transformación y resiliencia (Fondos de la Unión Europea-Next Generation EU)
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

Pág. 82

JUEVES 11 DE ABRIL DE 2024

B.O.C.M. Núm. 86

diten el cumplimiento de los requisitos establecidos en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (en adelante LGS) en su artículo 13 (declaración de no estar
incurso en las causas de prohibición establecidas en el mismo), las obligaciones establecidas en el artículo 14 de la LGS y en el artículo 8 de la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid (acreditar con anterioridad a dictarse la propuesta de
resolución de concesión que se halla al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, en la forma que se determine reglamentariamente,
y sin perjuicio de lo establecido en la disposición adicional decimoctava de la Ley 30/1992,
de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, así como no tener deudas en periodo ejecutivo de pago
con la Comunidad de Madrid, salvo que estén debidamente garantizadas) y una declaración
responsable del beneficiario respecto a la obtención de otras subvenciones, ayudas, ingresos, o recursos que financien las actividades subvencionadas.
Una vez finalizada la fase de instrucción de acuerdo al artículo 66.3 de la Ley 15/2023,
de 27 de diciembre, se formaliza el siguiente paso en la Orden de concesión directa a los
beneficiarios singularizados.
En lo que respecta a las entidades beneficiarias, el mencionado Acuerdo de la Conferencia Sectorial de Turismo de 9 de mayo de 2023, modificado por el Acuerdo de Conferencia
Sectorial de 29 de diciembre 2023, establece que “las beneficiarias de estas líneas de financiación son las comunidades autónomas, si bien los destinatarios finales de las mismas serán
las entidades locales ejecutoras de los Planes de Sostenibilidad Turística en Destinos, así
como las entidades locales en las que se realizan las Actuaciones de Cohesión entre Destinos”.
Finalmente, en Acuerdo de la Conferencia Sectorial de Turismo de 9 de mayo de 2023,
modificado por el Acuerdo de Conferencia Sectorial de 29 de diciembre 2023, se determina que, para la ejecución del Plan Territorial, le corresponden a la Comunidad de Madrid,
en la convocatoria 2023, un total de 24.891.000,00 euros que se destinarán según el siguiente reparto de PSTD:

P.T. COMUNIDAD
DE MADRID 2023

24.891.000 €

ENTIDAD BENEFICIARIA

PRESUPUESTO

“Recuperación de la entrada real de Aranjuez
- tercer conjunto de actuaciones”.

Ayuntamiento de Aranjuez

2.100.000 €

“Plan de Sostenibilidad Turistica de San
Lorenzo de El Escorial 2023”.

Ayuntamiento de San Lorenzo de El
Escorial

2.100.000 €

“Plan de transformación a destino turístico
inteligente de Colmenar de Oreja”

Ayuntamiento de Colmenar de Oreja

1.995.500 €

“Nuevo Baztán, la Villa bonita de Madrid”.

Ayuntamiento de Nuevo Baztán

2.000.000 €

“Patones. Plan de Sostenibilidad Turística”.

Ayuntamiento de Patones

1.995.500 €

“Alcalá Patrimonio- triangulo, verde e
inmersivo”

Ayuntamiento de Alcalá de Henares

2.100.000 €

“La Casa Palacio de los Vargas y los
Reservados en la Casa de Campo”.

Ayuntamiento de Madrid

10.000.000 €

“Ordenación y desestacionalización del
turismo en los pantanos de San Juan y
Picadas, en las Playas de Aldea del Fresno y
en sus áreas de influencia”

Asociación de Desarrollo Integral de
la Sierra Oeste de Madrid

2.600.000 €

Por otro lado, dicho Acuerdo contempla que:
“Se creará una Comisión de Seguimiento para cada Plan Territorial en la que participará la Secretaría de Estado de Turismo y la comunidad autónoma correspondiente. En esta
Comisión se controlará el desarrollo de las inversiones, la ejecución del gasto y el cumplimiento de los hitos de cada una de las intervenciones que compongan el Plan Territorial. En
dichas reuniones, podrán participar, cuando se trate el seguimiento de las diferentes intervenciones, y a petición de cualquiera de los dos miembros de la Comisión, las entidades
gestoras de los diferentes instrumentos de intervención incluidos en el Plan Territorial para
aclarar los aspectos que se consideren necesarios”.
“La Comisión de Seguimiento podrá modificar algunas actuaciones previstas, previa
solicitud motivada del destino, si responden a la misma finalidad y ajustan la distribución
de remanentes dentro de los propios ejes de intervención”.
En este sentido, se reúne el 21 de diciembre de 2023 con objeto de aprobar los cambios necesarios a propuesta de las entidades beneficiarias de los PSTD, garantizando así la
correcta ejecución de los proyectos y su adecuación a los requisitos del etiquetado climático y al principio de “no causar daño significativo” al medio ambiente (principio del DNSHDo Not Significant Harm) previstos en el Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento

BOCM-20240411-28

PLAN DE SOSTENIBILIDAD TURÍSTICA
EN DESTINO