Alcobendas (BOCM-20240410-20)
Organización y funcionamiento. Estructura y nombramientos
40 páginas totales
Página
B.O.C.M. Núm. 85

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 10 DE ABRIL DE 2024

de gasto y el apoyo técnico y atención a las obligaciones de mantenimiento
que corresponderá a la Delegación de Mantenimiento de la Ciudad y Servicios Públicos.
d) Mantener las relaciones precisas con los órganos correspondientes de la
Administración del Estado y de la Comunidad Autónoma que tengan atribuidas competencias en materia de vivienda, así como con cualquier organismo
público o privado con actuaciones en esta materia.
e) Recabar los informes necesarios para el seguimiento de la aplicación de la política municipal en materia de vivienda y de conservación y rehabilitación de
la edificación.
f) Fomentar colaboraciones con instituciones dedicadas a la investigación de
necesidades de vivienda de los distintos sectores de la población que permitan intercambio de experiencias.
C) Ordenación del territorio:
a) Establecimiento de directrices generales, coordinación de la actuación de los
distintos servicios municipales, formulación y tramitación de modificaciones
o revisiones del Plan General, formulación de las condiciones básicas de la
ordenación urbanística en propuestas de sectorización y su tramitación, establecer los criterios de planificación urbanística y efectuar el seguimiento y
control; atribuciones éstas que inciden en la ordenación del territorio.
b) Tramitación, impulso y elevación al órgano competente en relación al planeamiento y gestión urbanística en todas sus fases
D) Medio Ambiente:
Incluye los siguientes ámbitos materiales:
1. Medio Ambiente y sostenibilidad
a) Desarrollo de las políticas locales de medio ambiente, incluida la emisión de
actos o resoluciones administrativas que afecten a terceros, así como la revisión de dichos actos, en el ámbito de los asuntos propios.
b) Elaborar, supervisar y ejecutar los planes y programas de ejecución ambiental
que se lleven a cabo en el ámbito de las competencias de la Concejalía.
c) Establecer las directrices medioambientales que aseguren los objetivos de
sostenibilidad en todas las áreas municipales del Ayuntamiento de Alcobendas y Empresas Públicas.
d) Planificar, coordinar y ejecutar programas y actividades formativas, divulgativas y educativas relativas al medio ambiente de la ciudad de Alcobendas.
e) Gestionar y coordinar los centros de formación, educación e información medioambiental dependientes de la Concejalía.
f) Planificar, promocionar, coordinar y ejecutar acciones de sensibilización, comunicación y divulgación de materias relativas a las competencias de la Concejalía.
g) Gestionar y administrar los sistemas de información ambiental que integren
los documentos, datos, cartografía e información territorial necesarios para el
desarrollo de las funciones de la Concejalía.
h) Colaborar en la creación, coordinar y dirigir los foros de participación ciudadana involucrados en el establecimiento de políticas ambientales conjuntas en
proyectos estratégicos de la ciudad de Alcobendas, en coordinación con la
Concejalía-Delegada de Participación Ciudadana.
i) Desarrollo de las políticas locales de medio ambiente y sostenibilidad, incluida la emisión de actos o resoluciones administrativas que afecten a terceros,
así como la revisión de dichos actos, en el ámbito de los asuntos propios.
j) Dirigir, formular y coordinar los planes, programas y estudios que tengan incidencia en el medio urbano y, en particular, en el aire, el agua, el suelo y la
eficiencia energética.
k) Formular y ejecutar las acciones de control de la contaminación y corrección
de los efectos producidos por las emisiones e inmisiones a la atmósfera, por
el vertido de efluentes líquidos a la red de saneamiento municipal, por la generación de residuos o por la producción de ruido, salvo el generado por actividades mercantiles y vehículos a motor.

Pág. 83

BOCM-20240410-20

BOCM