D) Anuncios - CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, JUSTICIA Y ADMINISTRACIÓN LOCAL - O. A. Agencia de la Comunidad de Madrid para la Reeducación y Reinserción del Menor Infractor (BOCM-20240409-14)
Convenio –  Convenio de 21 de marzo de 2024, de cooperación educativa entre la Universidad Nacional de Educación a Distancia y la Comunidad de Madrid, para la realización de prácticas externas en la Agencia de la Comunidad de Madrid para la Reeducación y Reinserción del Menor Infractor
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 84

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 9 DE ABRIL DE 2024

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ción de actividades curriculares, así como colaborando en la realización de investigaciones
y estudios adecuados para el desarrollo de sus funciones.
Entre las funciones encomendadas, en el artículo 3.z) de la Ley 3/2004, de 10 de diciembre, se establecen “todas aquellas que directa o indirectamente, coadyuven a la consecución de los objetivos básicos o al mejor desarrollo de las funciones que se atribuyen en
la presente ley”, considerando que el intercambio colaborativo entre la ARRMI e instituciones académicas universitarias contribuye a una mejor formación de los futuros profesionales relacionados con el menor y a un enriquecimiento de los procesos de intervención dirigidos a los mismos.
III. La Universidad Nacional de Educación a Distancia (en adelante, UNED) tiene
como objetivo facilitar la enseñanza universitaria y la continuidad de sus estudios a todas
las personas capacitadas para hacerlo que elijan su sistema educativo, bien por su metodología, bien por razones laborales, económicas, de residencia o cualesquiera otras. La UNED
desarrolla sus actividades en la Comunidad de Madrid a través de los Centros Asociados y
los Subcentros respectivos.
IV. En virtud de cuanto antecede, es deseo de ambas partes suscribir este convenio
con la pretensión de establecer adecuadas fórmulas de cooperación y promover así una relación más intensa y estrecha entre ellas.
Por ello, el presente convenio se celebra conforme a los intereses en común expuestos
y en la seguridad de que redundará en un beneficio para las partes firmantes, para el alumnado de la UNED, para los empleados públicos autonómicos y para la propia sociedad madrileña en su conjunto.
Por todo cuanto antecede, y en su virtud, las partes intervinientes suscriben el presente convenio de acuerdo con las siguientes,
CLÁUSULAS
Primera
Objeto
Este convenio tiene por objeto establecer un marco de colaboración entre la Comunidad de Madrid y la UNED, en primer lugar, con el fin de determinar las condiciones en las
que sus estudiantes realizarán las prácticas externas en enseñanzas de Grado (o equivalentes
de sistemas de enseñanza de anteriores ordenaciones) o conducentes a la obtención de un título de Máster Universitario de conformidad con lo dispuesto en el Real Decreto 592/2014,
de 11 de julio, por el que se regulan las prácticas académicas externas de los estudiantes universitarios. También tiene como objetivo, en segundo lugar, la participación en aquellas actividades curriculares promovidas por cualquiera de estas dos instituciones que se consideren de interés en base a las funciones que cada una tiene encomendadas.
Segunda
Relaciones jurídicas
La relación que se establezca entre el estudiante en prácticas y la Comunidad de
Madrid, a través de la ARRMI, no supondrá más compromiso que el estipulado en el presente convenio y de la misma no se deriva obligación alguna propia de un contrato laboral,
ya que no tendrá dicho carácter.
Tercera
1. Podrán acceder a estas prácticas los alumnos de la UNED que cumplan los requisitos exigidos en el Reglamento de Prácticas de la Universidad.
2. La realización de prácticas estará dirigida a aquellos alumnos matriculados en la
citada Universidad para la obtención de una titulación universitaria. Los alumnos podrán
ser beneficiarios de las actuaciones contenidas en este convenio siempre y cuando mantengan su relación académica con esta Universidad. A estos efectos, se entenderá que los alumnos que finalicen sus estudios durante la realización del período de prácticas permanecerán
en la consideración de estudiantes hasta la finalización del curso académico en que se encuentren matriculados.

BOCM-20240409-14

Desarrollo de las prácticas formativas