D) Anuncios - CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, JUSTICIA Y ADMINISTRACIÓN LOCAL - O. A. Agencia de la Comunidad de Madrid para la Reeducación y Reinserción del Menor Infractor (BOCM-20240409-14)
Convenio –  Convenio de 21 de marzo de 2024, de cooperación educativa entre la Universidad Nacional de Educación a Distancia y la Comunidad de Madrid, para la realización de prácticas externas en la Agencia de la Comunidad de Madrid para la Reeducación y Reinserción del Menor Infractor
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 9 DE ABRIL DE 2024

B.O.C.M. Núm. 84

I. COMUNIDAD DE MADRID

D) Anuncios
Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local
O. A. AGENCIA DE LA COMUNIDAD DE MADRID
PARA LA REEDUCACIÓN Y REINSERCIÓN DEL MENOR INFRACTOR
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CONVENIO de 21 de marzo de 2024, de cooperación educativa entre la Universidad Nacional de Educación a Distancia y la Comunidad de Madrid, para la
realización de prácticas externas en la Agencia de la Comunidad de Madrid
para la Reeducación y Reinserción del Menor Infractor.
En Madrid, a 21 de marzo de 2024.
REUNIDOS

De una parte, el Excmo. Sr. D. Miguel Ángel García Martín, Consejero de Presidencia,
Justicia y Administración Local y Presidente del Consejo de Administración de la Agencia de
la Comunidad de Madrid para la Reeducación y Reinserción del Menor Infractor, nombrado
por Decreto 39/2023, de 23 de junio, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, que actúa
en ejercicio de su cargo, en virtud de las atribuciones conferidas por los artículos 5 y 7.a) de
la Ley 3/2004, de 10 de diciembre, de creación de la citada Agencia.
De otra parte, la Sra. D.a Rebeca de Juan Díaz, en calidad de Vicerrectora de Calidad y
Acreditación de la Universidad Nacional de Educación a Distancia, con CIF Q-2818016D,
cargo para el que fue nombrada por Resolución rectoral de 20 de diciembre de 2022, en
nombre y representación de la misma, por virtud de la delegación de competencias efectuada mediante Resolución Rectoral de 17 de enero de 2024 (“Boletín Oficial del Estado”
de 9 de febrero).
Ambas partes se reconocen mutuamente capacidad jurídica suficiente para suscribir el
presente convenio, y a tal efecto,

I. El Real Decreto 1791/2010, de 30 de diciembre, por el que se aprueba el Estatuto del
Estudiante Universitario, establece en su artículo 8.f) el derecho de los estudiantes de grado a
la realización de prácticas curriculares, que podrán realizarse en entidades externas.
El Real Decreto 592/2014, de 11 de julio, por el que se regulan las prácticas académicas externas de los estudiantes universitarios, establece en su artículo 8.1.a) la posibilidad,
por parte de los estudiantes matriculados en enseñanzas impartidas por la Universidad, de
realizar prácticas académicas externas.
II. La Comunidad de Madrid tiene como uno de los retos estratégicos en materia de
recursos humanos el de atraer nuevo talento externo que facilite un ordenado relevo generacional, garantía a su vez de la conservación y gestión del conocimiento interno. De esta
forma, considera esencial que los estudiantes universitarios tengan un conocimiento directo y completo de la auténtica realidad de la gestión administrativa y de las oportunidades de
empleo que la Administración autonómica ofrece.
Dentro de ella, el Organismo Autónomo Agencia de la Comunidad de Madrid para la
Reeducación y Reinserción del Menor Infractor (en adelante, ARRMI), según el artículo 2
de la Ley 3/2004, de 10 de diciembre, por la que fue creada, tiene como objetivo básico
“concentrar, desarrollar y ejecutar programas y actuaciones que contribuyan a los fines de
reinserción y educación”. Es, por tanto, una responsabilidad fundamental de la ARRMI impulsar los mejores medios para el desarrollo de estas funciones, posibilitando así la reeducación y reinserción de los menores a su cargo. Entre estos medios se encuentra la colaboración con la universidad e instituciones académicas para contribuir al mejor desarrollo de
los profesionales que participan en las tareas educativas, facilitando y apoyando la realiza-

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