Madrid (BOCM-20240408-59)
Régimen económico. Área de Gobierno de Economía, Innovación y Hacienda. Extracto convocatoria subvenciones
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B.O.C.M. Núm. 83

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 8 DE ABRIL DE 2024

7. Contar con metodología orientada a la medición del impacto social y del grado de
mitigación o resolución del problema o necesidad que se pretende resolver.
8. Hallarse al corriente de pago de las obligaciones tributarias y con la Seguridad
Social y de las obligaciones por reintegro de subvenciones.
9. No estar incurso en alguna de las causas de prohibición para percibir subvenciones establecidas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
La acreditación del cumplimiento de los requisitos 5.1, 5.3, 5.4, 5.6, 5.8 y 5.9 se realizará mediante la declaración responsable incluida en el formulario de solicitud.
Tercero. Bases reguladoras.—Anexo al decreto de 7 de marzo de 2024 de la Delegada del Área de Gobierno de Economía, Innovación y Hacienda por el que se aprueba la
convocatoria del Premio Madrid Impacta 2024. Las bases íntegras de la convocatoria pueden consultarse en el “Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid” y en la Base de Datos
Nacional de Subvenciones.
Cuarto. Cuantía e imputación presupuestaria.—Para la puesta en marcha y el desarrollo de esta convocatoria, el Ayuntamiento de Madrid contará con la colaboración de diferentes entidades privadas como Impact Hub Madrid, PwC España, IBM, Fundación Repsol y Crisalion Mobility.
La cuantía total del premio asciende a 50.000 euros, desglosado de la siguiente manera:
1. Se concederá un primer premio a la “Empresa social del año 2024”, dotado económicamente con 12.000 euros.
2. Se concederá un segundo premio a la “Empresa social del año 2024”, dotado económicamente con 6.500 euros.
3. Se concederá un tercer premio a la “Empresa social del año 2024”, dotado económicamente con 4.000 euros.
4. Se concederán 11 accésits, dotados económicamente con 2.500 euros cada uno de
ellos, en las siguientes categorías:
a) Emprendedora social más joven.
b) Mejor proyecto de emprendimiento social madrileño.
c) Empresa social de los centros de emprendimiento e innovación del Ayuntamiento
de Madrid.
d) Empresa social con el mejor elevator pitch.
e) Empresa social con el mayor potencial de crecimiento y proyección internacional.
f) Empresa social con el mayor impacto medioambiental.
g) Empresa social con mayor impacto en la accesibilidad universal de las ciudades.
h) Empresa social con el mejor proyecto en el ámbito de las energías limpias.
i) Empresa social con el mejor proyecto en el ámbito científico/tecnológico.
j) Empresa social con el mejor proyecto en el ámbito del bienestar y la salud.
k) Empresa social con el mejor proyecto en el ámbito de la educación.
Los premios principales y los accésits no son compatibles.
Los premios en especie se indican en la base 4 de la convocatoria.
Los criterios de valoración son los especificados en la base 11 de la convocatoria.
El gasto que comporta la presente convocatoria asciende a 50.000 euros, imputables a
la aplicación presupuestaria 001/141/43305/482.03 “Premios” del programa 433.05 “Emprendimiento”, del Presupuesto del Ayuntamiento de Madrid para 2024.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.—El plazo para la presentación de las
solicitudes será de treinta días hábiles a contar desde el día siguiente al de la publicación
del extracto de la convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. La
fecha cierta de comienzo del plazo se publicará en el portal de Sede electrónica del Ayuntamiento de Madrid.
La convocatoria completa se publicará en el “Boletín Oficial del Ayuntamiento de
Madrid”, en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (BDNS), así como en la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Madrid https://sede.madrid.es y en la página web de la Dirección General de Emprendimiento ( www.madridemprende.es ).
Sexto. Órganos competentes.—Los órganos competentes para la instrucción y la
resolución del procedimiento regulado en la convocatoria serán la Dirección General de Emprendimiento y la Delegada del Área de Gobierno de Economía, Innovación y Hacienda.
Séptimo. Publicación.—El Área de Gobierno de Economía, Innovación y Hacienda
publicará la resolución de los premios concedidos en el “Boletín Oficial del Ayuntamiento de

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