C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE (BOCM-20240408-39)
Plan estratégico subvenciones –  Orden 584/2024, de 25 de marzo, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, por la que se modifica la Orden 2204/2023, de 30 de noviembre, por la que se aprueba el Plan Estratégico de Subvenciones para los años 2024 y 2025, en el sector del deporte
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 83

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 8 DE ABRIL DE 2024

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la adecuación de las mismas al cumplimiento de los fines previstos en la citada
ley, sin perjuicio de las competencias en materia de control e inspección atribuidas a otros órganos por ley.
— Elaborar y ejecutar, en colaboración con las entidades locales, planes de construcción y mejora de infraestructuras deportivas para el desarrollo de las actividades
físicas y la práctica deportiva.
La Dirección General de Deportes, adscrita a la Viceconsejería de Cultura, Turismo y
Deporte, conforme a lo dispuesto en el Decreto 264/2023, de 5 de diciembre, en relación
con lo dispuesto en el Decreto 76/2023, de 5 de junio, del Consejo de Gobierno, por el que
se establece la estructura orgánica básica de las Consejerías de la Comunidad de Madrid,
tiene, entre otras, las siguientes atribuciones:
— Proponer la concesión de subvenciones y ayudas públicas a los deportistas y técnicos deportivos y a las federaciones, clubes, asociaciones y demás entidades deportivas o de fomento o promoción deportiva de la Comunidad de Madrid, en el ámbito material de competencias de la dirección general.
— Colaborar en la organización en el territorio de la Comunidad de Madrid de eventos deportivos, sin perjuicio de las competencias que correspondan a otros entes,
entidades u organismos.
— Impulsar, organizar, en su caso, y colaborar en el desarrollo de la competición deportiva en general entre los distintos colectivos de la población, prestando especial atención a la competición deportiva escolar y universitaria.
— Colaboración con las entidades locales y asistencia en la planificación, diseño y
mejora de sus instalaciones y equipamientos deportivos.
— Ordenar, promover y fomentar la formación para el sector de la actividad física y el
deporte, en especial, la formación y el perfeccionamiento de los técnicos deportivos, en colaboración con las federaciones deportivas y, en su caso, los municipios,
así como realizar programas de divulgación y publicaciones en materia deportiva.
En cumplimiento de los anteriores principios y competencias, la Consejería de Cultura,
Turismo y Deporte desarrolla diferentes programas de ayuda, cuyo análisis, desarrollo y ampliación es el soporte fundamental que configura este Plan Estratégico de Subvenciones.

La Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, a través de la Dirección General de Deportes, en cumplimiento de los mandatos establecidos en la Ley 15/1994, de 28 de diciembre,
se plantea como objetivo prioritario el fomento de la práctica deportiva a todos los niveles.
Este objetivo implica una efectiva colaboración a todos los niveles de las diferentes
asociaciones deportivas madrileñas, ya que la Administración deportiva sería incapaz por
sí sola de lograrlo.
En esta colaboración, destaca el papel relevante de las federaciones deportivas madrileñas, que en este campo actúan como agentes colaboradores de la Administración pública,
conforme lo reconoce el artículo 33.2 de la Ley 15/1994, de 28 de diciembre.
No obstante, el papel que dichas entidades pueden desarrollar sería también insuficiente si no se tuviera en cuenta al resto de asociaciones deportivas, singularmente los clubes
deportivos, que conforman la estructura básica asociativa para coadyuvar a extender a todos los niveles la práctica deportiva, junto con entidades deportivas públicas y privadas
orientadas en sus actividades al ámbito deportivo.
Asimismo, es necesario destacar la participación de las Corporaciones Locales mediante las diferentes competiciones deportivas que se desarrollan en los municipios de la
Comunidad de Madrid, organizadas y subvencionadas, en parte, desde la Administración
deportiva regional.
También hay que señalar las ayudas directas al deportista destacado, con una aportación que les facilite la práctica de su actividad deportiva, para paliar en la medida de lo posible los inconvenientes que conlleva una dedicación especial al deporte de rendimiento,
velando a través de controles médicos por su condición física frente a las prácticas de riesgo y posibilitando un incremento de la formación deportiva para todos los colectivos implicados en la actividad física.
Por último, se destacan las ayudas para inversión a llevar a cabo en las instalaciones
deportivas de los Ayuntamientos de la Comunidad de Madrid y las pertenecientes a centros
educativos.

BOCM-20240408-39

3. Objetivos a alcanzar