Sevilla la Nueva (BOCM-20240408-80)
Organización y funcionamiento. Ordenanza tráfico
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 8 DE ABRIL DE 2024

B.O.C.M. Núm. 83

III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
80

SEVILLA LA NUEVA
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

Por Acuerdo del Pleno, de 21 de marzo de 2024, se aprobó definitivamente la ordenanza municipal reguladora del tráfico, circulación y seguridad vial de Sevilla la Nueva, lo que
se publica a los efectos de los artículos 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de
las Bases del Régimen Local, se resolvió:
Primero.—Desestimar las siguientes alegaciones presentadas por formuladas por Asociación La Peka con NIF G93600005 durante el período de información pública por los motivos expresados en el Informe de fecha 17 de abril de 2023, del que se remitirá copia a los
interesados junto con la notificación del presente Acuerdo.
Segundo.—Aprobar expresamente, con carácter definitivo, la redacción final del texto de la ordenanza municipal reguladora del tráfico, circulación y seguridad vial de Sevilla
la Nueva, una vez resueltas las alegaciones formuladas durante el periodo de exposición pública de esta ordenanza, con la redacción que a continuación se recoge.
ORDENANZA REGULADORA DEL TRÁFICO, CIRCULACIÓN
Y SEGURIDAD VIAL DE SEVILLA LA NUEVA

Las Entidades Locales gozan de autonomía para la gestión de los intereses que les son
propios. El artículo 25 de la Ley 7/1985, Reguladora de Bases de Régimen Local, así como
su texto refundido, Real Decreto Legislativo 781/1986, establecen que la ordenación del
tráfico de vehículos y personas en las vías urbanas será competencia de las Entidades Locales, que siempre la ejercerán dentro del límite establecido por la legislación del Estado y
de las Comunidades Autónomas.
El Real Decreto Legislativo 6/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto
refundido de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial
(“Boletín Oficial del Estado” núm. 261, de 31 de octubre de 2015), atribuye en su artículo 7
a los municipios “la regulación, ordenación, gestión, vigilancia y disciplina, por medio de
agentes propios, del tráfico en las vías urbanas de su titularidad, así como la denuncia de las
infracciones que se cometan en dichas vías y la sanción de las mismas cuando no esté expresamente atribuida a otra Administración”. Asimismo, se ha de tener en cuenta la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal en materia de Seguridad Vial, especialmente su capítulo IV (delitos con la seguridad vial) y demás normativa que pueda ser de
aplicación o que sustituya a las mencionadas.
El crecimiento progresivo de Sevilla la Nueva, tanto de habitantes como de número de
vehículos que circulan en su término municipal, obliga a una modificación de la actual ordenanza municipal reguladora del tráfico, circulación y seguridad vial de Sevilla la Nueva
(publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID el 16 de octubre
de 2009). Desde esta fecha han acaecido diversas circunstancias que aconsejan proceder a
la redacción de una nueva ordenanza que sustituya a la actual. Así en primer lugar cabe destacar que se introduce, el principio de Convivencia Vial (artículo 3) que supone la obligación de que las personas usuarias de las vías y espacios públicos respeten la convivencia
con el resto y velen por su seguridad, dando prioridad al peatón o en su defecto a quien utilice el vehículo que ofrezca menos protección a sus ocupantes Todo ello en aras de adaptarse a la aparición de nuevos medios de transporte que hace necesario regular la convivencia entre todos ellos, así como adecuar dicha ordenanza a la Ley de Tráfico vigente en la
actualidad como a las nuevas circunstancias de la circulación y seguridad vial. Siendo dicha ordenanza complementaria a la legislación vigente estatal y autonómica reguladora de
la materia.
Con dicha modificación se pretende satisfacer las necesidades de aparcamiento de los
vecinos del municipio y otras circunstancias derivadas del estacionamiento de vehículos en
la vía pública, haciendo compatible la equitativa distribución de los aparcamientos entre to-

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EXPOSICIÓN DE MOTIVOS