C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20240406-2)
Convenio colectivo –  Resolución de 15 de marzo de 2024, de la Dirección General de Trabajo de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, sobre registro, depósito y publicación del Convenio Colectivo del Sector de Hostelería y Actividades Turísticas, suscrito por las organizaciones empresariales Hostelería Madrid, Noche Madrid y AMER y por la representación sindical de UGT y CC OO. (Código número 28002085011981)
57 páginas totales
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

Pág. 48

SÁBADO 6 DE ABRIL DE 2024

B.O.C.M. Núm. 82

ANEXO III: TABLAS SALARIALES EXCLUSIVAMENTE PARA AQUELLAS EMPRESAS QUE
MANTENGAN EL SISTEMA DE PARTICIPACION DE PORCENTAJE DE SERVICIO
**** Las ocupaciones que se relacionan a continuación quedarán encuadradas en los Grupos
Profesionales del Acuerdo Laboral de Ámbito Estatal vigente para el Sector de Hostelería.

TABLAS SALARIALES 2.023
Establecimientos de la sección tercera
A) Personal de comedor
OCUPACION

LUJO

PRIMERA

SEGUNDA

TERCERA

CUARTA

Inic.

Garan.

Inic.

Garant

Inic.

Garant

Inic.

Garant

Inic.

Garant

Jefe de comedor o maestresala

116,22

1.221,43

116,22

1.221,43

115,11

1.183,55

131,92

1.104,10

131,92

1.078,15

Segundo jefe de comedor

116,22

1.179,10

116,22

1.130,38

115,11

1.073,68

131,92

992,56

-

-

Jefe de sector

116,22

1.171,90

116,22

-

-

-

-

-

-

-

Camarero

116,22

1.144,24

116,22

1.091,76

115,11

1.063,06

131,92

992,56

131,92

992,56

Sumiller

116,22

1.144,24

116,22

1.091,76

-

1.063,06

-

-

-

-

Ayudante

116,22

1.086,18

116,22

1.072,52

115,11

1.063,06

131,92

987,36

131,92

987,36

Aprendices

116,22

769,08

116,22

769,08

115,11

769,08

131,92

769,08

131,92

769,08

La manutención de este personal será de cuenta de la empresa: 52,95
Plus convenio durante 11 meses: 175,11
El salario de la categoría de Aprendiz es por 30 horas semanales de trabajo efectivo.

Establecimientos de la sección tercera
B) Personal de varios
LUJO
FIJO

PRIMERA
FIJO

SEGUNDA
FIJO

TERCERA
FIJO

CUARTA
FIJO

Contable general

1.104,10

1.094,26

1.078,37

-

-

Oficial de contabilidad

1.083,86

1.069,78

-

-

-

Cajero/a de comedor

1.073,38

1.045,61

1.063,01

983,31

983,31

Interventor/a

1.073,38

1.045,61

1.063,01

-

-

Telefonista

1.050,03

1.050,03

1.050,03

-

-

Auxiliar de oficina

1.083,86

1.049,23

1.068,17

983,31

-

Porteros/as

1.049,23

1.049,23

1.049,23

983,31

-

Vigilantes de noche

1.049,23

1.049,23

1.049,23

983,31

-

Botones

1.049,23

1.049,23

1.049,23

983,31

983,31

Encargada/o de lencería

983,31

OCUPACION

1.049,23

1.049,23

1.049,23

983,31

Planchador/a (diario)

35,83

35,83

35,83

32,92

32,92

Aprendiz de contabilidad

769,08

769,08

769,08

769,08

769,08

Jornada entera

1.049,23

1.049,23

1.049,23

983,31

983,31

Media jornada

536,85

536,85

536,85

503,77

503,77

35,83

35,83

35,83

32,92

32,92

Limpiador/as:

Costurero/a-zurcidor/a (diario)

BOCM-20240406-2

La manutención de este personal será de cuenta de la empresa: 52,95
Plus de convenio durante 11 meses: 175,11
El salario de la categoría de Aprendiz es por 30 horas semanales de trabajo efectivo.