Humanes de Madrid (BOCM-20240404-81)
Organización y funcionamiento. Delegación funciones
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 80

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 4 DE ABRIL DE 2024

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III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
81

HUMANES DE MADRID
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

El alcalde-presidente del Ayuntamiento de Humanes de Madrid ha dictado decreto 1037/2024, de 19 de marzo, con el siguiente tenor literal.

Primero.—Conferir las siguientes delegaciones genéricas:
— A favor de D. Óscar Lalanne Martínez de la Casa, miembro de la Junta de Gobierno Local:
d Áreas de Deporte e Industria, Sanidad, Consumo, Transporte, Administración
y Digitalización: todas las atribuciones delegables, incluyendo facultad de dirigir los servicios correspondientes como la de gestionarlos en general, y la facultad de resolver mediante actos administrativos que afecten a terceros.
d Área de Medio Ambiente: exclusivamente la facultad de resolver mediante actos administrativos que afecten a terceros, a propuesta del concejal con delegación especial en tal Área.
— A favor de Dña. Rosario Pérez García, miembro de la Junta de Gobierno Local:
d Áreas de Hacienda, Urbanismo y Obras Pública: todas las atribuciones delegables, incluyendo facultad de dirigir los servicios correspondientes como la de
gestionarlos en general, y la facultad de resolver mediante actos administrativos que afecten a terceros.
— A favor de D. José Carlos Vargas Delgado, miembro de la Junta de Gobierno Local:
d Áreas de Festejos, Juventud e Infancia: todas las atribuciones delegables, incluyendo facultad de dirigir los servicios correspondientes como la de gestionarlos en general, y la facultad de resolver mediante actos administrativos que
afecten a terceros.
— A favor de D. Alberto Cuenca Serrano, miembro de la Junta de Gobierno Local:
d Áreas de Educación, Cultura, Servicios Sociales: todas las atribuciones delegables, incluyendo facultad de dirigir los servicios correspondientes como la de
gestionarlos en general, y la facultad de resolver mediante actos administrativos que afecten a terceros.
d Áreas de Personal, Comercio, Familia, Igualdad y Mujer: exclusivamente la facultad de resolver mediante actos administrativos que afecten a terceros, a propuesta de la concejala con delegación especial en tal Área, salvo la comparecencia en la toma de posesión y cese de personal del Ayuntamiento que le
corresponderá a la Alcaldía.
— A favor de D. Héctor Andrés Barreto Basgall, miembro de la Junta de Gobierno Local:
d Áreas de Empleo y Formación, Seguridad Ciudadana, Movilidad y Vivienda:
todas las atribuciones delegables, incluyendo facultad de dirigir los servicios
correspondientes como la de gestionarlos en general, y la facultad de resolver
mediante actos administrativos que afecten a terceros.
d Área de mayores y Participación Ciudadana: exclusivamente la facultad de resolver mediante actos administrativos que afecten a terceros, a propuesta del
concejal con delegación especial en tal Área.
Segundo.—Con carácter general corresponderá a los concejales-delegados de cada Área:
— La dirección, impulso y gestión de los servicios incluidos en su área.
— La facultad de resolver mediante actos administrativos que afecten a terceros.
— La resolución de los recursos de reposición que se presenten contra las resoluciones dictadas en ejercicio de la delegación conferida, de acuerdo con el artículo 115

BOCM-20240404-81

DECRETO