C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y ASUNTOS SOCIALES (BOCM-20240404-35)
Convocatoria subvenciones –  Orden 701/2024, de 12 de marzo, de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, por la que se convocan, para el año 2024, subvenciones a entidades sin fin de lucro para acciones dirigidas a la inserción sociolaboral de personas con discapacidad, línea cofinanciable en un 40 por 100 por el Fondo Social Europeo Plus (2021-2027), Objetivo Político 4, Prioridad 2, Objetivo Específico H
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 4 DE ABRIL DE 2024

B.O.C.M. Núm. 80

b) Contemplar en sus fines institucionales, de forma específica, la atención a personas con discapacidad.
c) Estar inscritas en el Registro de Entidades, Centros y Servicios de Acción Social
de la Comunidad de Madrid, en el sector de atención a personas con discapacidad
y tipología para el que solicita la presente subvención, a 31 de diciembre de 2023.
d) No tener deudas en período ejecutivo con la Comunidad de Madrid, salvo que las
mismas estuvieran debidamente garantizadas.
e) Hallarse al corriente de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social,
salvo que estuvieran exoneradas de acuerdo con la normativa aplicable.
f) No encontrarse incursas en las causas de prohibición para obtener la condición de
entidad beneficiaria establecidas en el artículo 13.2 y 3 de la Ley 38/2003, de 17 de
noviembre.
g) Cumplir con las obligaciones que en materia de protección de datos personales
impone al responsable y/o encargado de tratamiento de datos personales la normativa vigente, tanto el Reglamento UE 2016/679, de 27 de abril, como la ley orgánica de protección de datos vigente en cada momento junto con su normativa de
desarrollo; en particular, a modo ilustrativo, lo relativo a los datos especialmente
protegidos y al ejercicio de los derechos por los titulares de los datos.
h) Las entidades subvencionadas en la convocatoria anterior deberán haber justificado en tiempo y forma la subvención concedida.
i) Ausencia de conflicto de intereses con el personal de la Dirección General de
Atención a Personas con Discapacidad.
j) Disponer de el plan de prevención de riesgos laborales a que se refiere el artículo 16 de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre.
2. En ningún caso podrán obtener la condición de entidades beneficiarias de la subvención regulada en esta orden, las asociaciones incursas en las causas de prohibición previstas en el artículo 4.5 y 6 de la Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, reguladora del Derecho de Asociación.
3. Los requisitos contemplados en el apartado octavo.1.c y octavo.1.d de esta orden,
se acreditarán de oficio por la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales.
Noveno
1. Las entidades podrán solicitar subvención para un máximo de dos proyectos siempre que correspondan a acciones subvencionables distintas, debiendo presentar una solicitud por proyecto, y deberán aportar necesariamente la documentación que seguidamente se
relaciona:
a) Acreditación del representante legal de la entidad que solicita la subvención, según modelo del Anexo II de la presente convocatoria, al que se acompañará la documentación acreditativa de la capacidad del representante legal con alguno de los
siguientes documentos: Estatutos o Poder Notarial o Certificación expedida por el
Registro de Asociaciones o Acuerdo de la Junta Directiva, Consejo de Administración o Asamblea General o Poder bastanteado por los Servicios Jurídicos de la
Comunidad de Madrid entre otros.
b) Memoria general de la entidad, de acuerdo con el modelo de Anexo I de la presente convocatoria.
c) Memoria del Proyecto, de acuerdo con el modelo de Anexo III o IV de la presente
convocatoria.
d) Último recibo abonado del Impuesto de Actividades Económicas o documentación acreditativa de que la entidad está exenta del pago del citado Impuesto. En
caso de exención, deberá aportarse una declaración responsable suscrita por el/la
representante legal de la entidad de que la misma no ha sido dada de baja en la matrícula de dicho impuesto.
e) Declaración responsable del representante legal de que la entidad está exenta de
IVA que está incluido en el formulario de solicitud de la presente convocatoria.
f) Declaración responsable del representante legal de la entidad, como responsable
y/o encargado de los tratamientos de datos personales, desarrollados como consecuencia de la actividad subvencionada, por la que asume cumplir con las obligaciones jurídicas, técnicas y organizativas establecidas en el Reglamento
UE 2016/679, de 27 de abril, y la Ley Orgánica vigente en cada momento según

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Solicitudes y documentación a presentar