D) Anuncios - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y UNIVERSIDADES (BOCM-20240404-44)
Convenio –  Adenda de 12 de marzo de 2024, de modificación parcial del convenio de 14 de abril del 2021 para prácticas externas (curriculares y extracurriculares), entre el Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía y la Escuela Superior de Conservación y Restauración de Bienes Culturales de la Comunidad de Madrid (Consejería de Ciencia, Universidades e Innovación)
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 4 DE ABRIL DE 2024

B.O.C.M. Núm. 80

I. COMUNIDAD DE MADRID

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Consejería de Educación, Ciencia y Universidades
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ADENDA de 12 de marzo de 2024, de modificación parcial del convenio de 14 de
abril del 2021 para prácticas externas (curriculares y extracurriculares), entre
el Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía y la Escuela Superior de Conservación y Restauración de Bienes Culturales de la Comunidad de Madrid (Consejería de Ciencia, Universidades e Innovación).
En Madrid, a 12 de marzo de 2024.
REUNIDOS

De una parte, D. Manuel Segade Lodeiro, director del Museo Nacional Centro de Arte
Reina Sofía, en virtud de su nombramiento por Real Decreto 436/2023, de 6 de junio (“Boletín Oficial del Estado” número 135, de 7 de junio), actuando en nombre y representación
del organismo en virtud del artículo 11 de la Ley 34/2011, de 4 de octubre, Reguladora del
Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía (“Boletín Oficial del Estado” de 5 de octubre
de 2011), y del artículo 9.2.c) del Real Decreto 188/2013, de 15 de marzo, por el que se
aprueba el Estatuto del Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía (“Boletín Oficial del
Estado” de 6 de abril de 2013).
En adelante, MNCARS.
De otra parte, D. David Gómez Lozano, director de la Escuela Superior de Conservación y Restauración de Bienes Culturales con código de centro 28037821 y sede en la calle
de Guillermo Rolland, número 22, Madrid 28013, en nombre y representación de la Comunidad de Madrid (Consejería de Educación, Ciencia y Universidades), por delegación del
titular de la consejería, efectuada por Orden 365/2024, de 13 de febrero, del Consejero de
Educación, Ciencia y Universidades, por la que se delega el ejercicio de determinadas competencias y se desconcentra el Protectorado de Fundaciones, y en virtud del nombramiento
efectuado por Resolución de la Dirección del Área Territorial Madrid Capital de la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades de 12 de septiembre de 2023, con efectos administrativos de 11 de septiembre de 2023.
Ambas partes, en nombre y representación de sus respectivas instituciones, se reconocen
mutua y recíprocamente capacidad suficiente y necesaria para este acto, y, de conformidad,

I. Que con fecha 14 de abril de 2021 el MNCARS y la Escuela Superior de Conservación y Restauración de Bienes Culturales suscribieron un convenio con el objeto de regular las condiciones en las cuales se establece la colaboración entre ambas partes para que
los estudiantes de titulaciones oficiales de esa Escuela Superior realizaran un programa de
prácticas externas (curriculares y extracurriculares) en el MNCARS, siendo publicado en
el “Boletín Oficial del Estado” el día 26 de abril de 2021.
II. Que en la cláusula segunda del convenio “Condiciones generales del convenio”,
apartado C “Desarrollo de las prácticas externas”, subapartado 7 se establece, en relación
con las obligaciones contempladas en la disposición adicional quinta del Real DecretoLey 28/2018, de 28 de diciembre, para la revalorización de las pensiones públicas y otras
medidas urgentes en materia social, laboral y de empleo, el compromiso de ambas partes
para suscribir una adenda en la que se contemplen las obligaciones que se asumirían para
dar cumplimiento a la normativa de desarrollo del citado Real Decreto-Ley, una vez se haya
producido el desarrollo reglamentario necesario para su efectiva aplicación.
III. De conformidad con lo previsto en el apartado 4.b) de la disposición adicional
quincuagésima segunda del Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, por el que
se aprueba el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, en la nueva redacción dada en el apartado 34 del artículo único del Real Decreto-Ley 2/2023, de 16 de marzo, de medidas urgentes para la ampliación de derechos de los pensionistas, la reducción de

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