D) Anuncios - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20240403-22)
Convenio –  Convenio de 14 de marzo de 2024, entre la Comunidad de Madrid y el Ayuntamiento de Madrid, para la ejecución de diversas actuaciones de los planes de sostenibilidad turística en destino (PSTD) edición extraordinaria 2022 y 2023, financiados con fondos NextGenerationEU, a través de la Empresa de Transformación Agraria, S. A., S. M. E., M. P. (TRAGSA) y Tecnologías y Servicios Agrarios, S. A., S. M. E., M. P. (TRAGSATEC)
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 3 DE ABRIL DE 2024

B.O.C.M. Núm. 79

La definición, especificaciones y condiciones, técnicas y económicas de los trabajos
se contienen respectivamente en los anexos I y II que, firmados por ambas partes, forman
parte inseparable del presente convenio.
Segunda
Duración y prórroga
El presente convenio surtirá efecto desde el momento de su firma y su vigencia será de
cuatro años, prorrogable por un máximo de dos años más por acuerdo expreso de ambas
partes acordado previamente a la finalización del plazo inicial.
Tercera
Presupuesto
El presupuesto máximo total de las actuaciones comprendidas en el objeto del presente convenio asciende a 12.481.375,00 euros (IVA incluido).
Cuarta
Obligaciones de las partes

EJERCICIO

IMPORTE

2024

3.740.687,50 €

2025

5.705.550,00 €

2026

3.035.137,50 €

Las anualidades están condicionadas a la existencia de crédito en los presupuestos.
— Gestionar el conjunto del gasto conforme a la legislación que afecte a la línea de
actuación que contempla este convenio.
— Abonar directamente a TRAGSA o a TRAGSATEC como medio propio de la Administración de la Comunidad de Madrid, los trabajos efectivamente realizados, que
TRAGSA o TRAGSATEC facturarán de acuerdo con su sistema de tarifas.
— Designar al correspondiente director de los trabajos, cuyo nombramiento será comunicado a TRAGSA o a TRAGSATEC antes del inicio de las actuaciones.
— Recibir y controlar el resultado del encargo, incorporando las cautelas necesarias
para garantizar la aportación de medios de producción propios y el ejercicio de los
poderes empresariales por parte de TRAGSA y de TRAGSATEC. El personal de
TRAGSA y de TRAGSATEC en ningún caso tendrán vinculación jurídico-laboral con el Ayuntamiento de Madrid.

BOCM-20240403-22

1. Ambas partes se comprometen a colaborar activamente para promover con la mayor eficacia la ejecución de las actuaciones objeto del presente convenio, así como su adecuación a los requerimientos de la normativa de la Unión Europea.
2. La Administración de la Comunidad de Madrid se compromete a:
— De conformidad con lo dispuesto en el artículo 5 del Real Decreto 69/2019, de 15 de
febrero, aportar su medio propio instrumental TRAGSA y su filial TRAGSATEC
para la realización de las actuaciones citadas en la cláusula primera.
— Notificar a TRAGSA y a su filial TRAGSATEC la celebración del presente convenio para que procedan a la ejecución de las actuaciones indicadas en el mismo,
facultando al citado medio propio a suspender la ejecución de las actuaciones en
el supuesto de que el Ayuntamiento de Madrid no pueda atender el importe de las
certificaciones emitidas por TRAGSA o de su filial TRAGSATEC.
— La Comunidad de Madrid queda exonerada de toda responsabilidad en relación
con el personal de TRAGSA y de TRAGSATEC que lleve a cabo las actuaciones
previstas en el convenio.
3. El Ayuntamiento de Madrid se compromete a:
— Financiar íntegramente el importe de los proyectos, las obras y servicios encargados
hasta un máximo de 12.481.375,00 euros, calculado de conformidad con el sistema
de tarifas TRAGSA y de TRAGSATEC. Dicha cantidad se abonará directamente a
TRAGSA o a TRAGSATEC, con cargo a la aplicación presupuestaria correspondiente del presupuesto 2024, 2025 y 2026 con el siguiente reparto estimado: