D) Anuncios - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y UNIVERSIDADES (BOCM-20240402-40)
Convenio –  Convenio de colaboración de 12 de marzo de 2024, entre la Comunidad de Madrid (Consejería de Educación, Ciencia y Universidades) y el Consorcio de Universidades de la Comunidad de Madrid y de la Universidad Nacional de Educación a Distancia para la cooperación bibliotecaria (Consorcio Madroño), para mejorar la prestación del servicio público bibliotecario a la comunidad científica universitaria y acercar la ciencia a la sociedad mediante la creación y desarrollo de repositorios institucionales y portales de acceso abierto de la producción científica
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 78

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 2 DE ABRIL DE 2024

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para las labores de mejora y mantenimiento de los portales de acceso abierto a la
producción científica.
c) Reforzar el servicio informático encargado de implementar el uso de nuevas
herramientas de búsqueda para mejorar el acceso abierto a publicaciones científicas y datos de investigación depositados en el portal integrado InvestigaM.
Quinta
Financiación
El importe total del convenio asciende a 600.000 euros.
La consejería competente en materia de Investigación de la Comunidad de Madrid
aportará a la financiación del convenio la cantidad de 400.000 euros (cuatrocientos mil
euros), que será abonada con cargo al subconcepto 22802 del programa 466A del Presupuesto de Gastos de la Comunidad de Madrid del año 2024.
El Consorcio Madroño aportará 200.000 euros para la financiación del convenio.
Las cantidades aportadas por ambas partes responderán a:
— Gastos de personal técnico en tareas de portal de acceso abierto: 30.000 euros.
— Gastos de mantenimiento, difusión, promoción y ejecución del portal de acceso
abierto y el portal de producción científica: 20.000 euros.
— Acceso a la cartera de recursos electrónicos: 550.000 euros.
Este desglose económico podrá sufrir modificaciones de las cantidades definidas entre los conceptos de gasto, sin variar el importe total, siempre y cuando no afecte al objeto
del convenio y previa autorización del titular de la Dirección General de Investigación e Innovación Tecnológica.
La Comunidad de Madrid no asumirá ninguna obligación económica adicional a la
prevista en este convenio.
En ningún caso la participación de las personas que colaboren en la ejecución y desarrollo
de este convenio implicará relación laboral, ni prestación de servicios a la Comunidad de Madrid.
Sexta
Libramiento de los fondos
El libramiento de fondos se realizará en dos plazos (en julio y en diciembre), previa
autorización por la Dirección General de Política Financiera y Tesorería, una vez presentadas las justificaciones de los pagos realizados y la memoria de actividades por el Consorcio Madroño.
La justificación final de las actividades realizadas durante la vigencia del convenio, así
como el coste económico de las mismas, se realizará mediante presentación, antes del 5 de
diciembre de 2024, de una memoria general de las actividades realizadas durante la vigencia del convenio, un certificado de los gastos habidos pendientes de justificar acompañado
de las facturas correspondientes, u otra documentación justificativa de dichos gastos y de
los pagos correspondientes realizados.
El Consorcio Madroño deberá conservar los originales de los pagos y demás documentos justificativos teniéndolos a disposición de la Intervención General de la Comunidad de
Madrid, la Cámara de Cuentas o cualquier otro órgano competente.
Séptima
Para el seguimiento del presente convenio se constituye una Comisión que estará compuesta por la persona titular del Área de Cooperación Tecnológica de la Dirección General de
Investigación e Innovación Tecnológica y el Director Técnico del Consorcio Madroño, en representación de ambas partes del convenio.
La Comisión estará presidida por la titular del Área de Cooperación Tecnológica, a
quien corresponde la convocatoria de las dos reuniones de seguimiento previstas, que se celebrarán en julio y diciembre respectivamente.
Son funciones a desarrollar en la Comisión, entre otras, la comprobación del grado de
ejecución de los objetivos establecidos en el presente convenio. Para tal fin, se podrá requerir al Consorcio la documentación precisa.
Además, un representante del Área de Cooperación Tecnológica podrá asistir mensualmente a las reuniones de la Comisión Técnica del Consorcio Madroño formada por los

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Seguimiento del convenio