Pezuela de las Torres (BOCM-20240327-67)
Régimen económico. Ordenanza fiscal
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 27 DE MARZO DE 2024

B.O.C.M. Núm. 74

— Ocultar desperfectos en la revisión de recurso en el momento de devolución.
— La reiteración en la comisión de faltas leves conllevara consideración de grave.
El resto de las infracciones no contenidas en los puntos anteriores, serán calificadas
como leves.
Art. 23. Sanciones.—Las sanciones a imponer en caso de comisión de las infracciones arriba indicadas, serán:
— Infracciones muy graves: hasta 3.000 euros.
— Infracciones graves: hasta 1.500 euros.
— Infracciones leves: hasta 750 euros.
Las sanciones que pueden imponerse serán independientes de la indemnización de daños y perjuicios que pueda proceder reclamar.
Queda excluido del concepto de sanción aquellos supuestos que no contemplen consideración de infracción y los casos en los que sea presumida buena fe. Incluidos los retrasos
en devolución de recurso, por tiempo no significativo, en el que pueda contemplarse la aplicación de una nueva jornada o fracción por el retraso.
DISPOSICIÓN FINAL PRIMERA
La presente ordenanza será objeto de publicación íntegra en el BOLETÍN OFICIAL DE
LA COMUNIDAD DE MADRID, entrando en vigor una vez haya transcurrido el plazo estable-

BOCM-20240327-67

cido en el artículo 70.2 de la Ley 7/1985, Reguladora de las Bases de Régimen Local.
Contra el presente acuerdo, conforme al artículo 19 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5
de marzo, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo
Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de
dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción ContenciosoAdministrativa.
Pezuela de las Torres, a 18 de marzo de 2024.—El alcalde, José Pío Carmena Servert.
(03/4.284/24)

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D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791