C) Otras Disposiciones - UNIVERSIDAD REY JUAN CARLOS (BOCM-20240325-11)
Extracto convocatoria subvenciones –  Extracto de la Resolución de 15 de marzo de 2024, del Rector Magnífico de la Universidad Rey Juan Carlos, por la que se aprueba y hacen públicas las bases reguladoras y la convocatoria del programa de “Becas-Prácticas Fundación ONCE-CRUE” curso 2023-2024
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 72

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 25 DE MARZO DE 2024

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• En la URJC, las solicitudes deberán presentarse a través de la sede electrónica de la
Universidad Rey Juan Carlos, o Registro Genera y Registros Auxiliares de la misma, o mediante alguno de los medios contemplados en el artículo 16.4 de la
Ley 39/2015, de 1 de octubre.
• El plazo de envío de la documentación a la plataforma de becas de Fundación
ONCE finaliza el 29 de febrero de 2024, motivo por el cual se solicita una ampliación del plazo estipulado, para poder gestionar adecuadamente las solicitudes recibidas.
— Tendrán preferencia los estudiantes que hayan superado al menos el 50 % de los
créditos de la titulación de grado o estar cursando un máster, sin haber realizado
aún las prácticas académicas.
El hecho de concurrir a la presente convocatoria por parte de los solicitantes implica
la aceptación de las normas fijadas en la misma, así como de los requisitos en ella establecidos, de acuerdo con sus bases reguladoras.
El incumplimiento total o parcial de los requisitos establecidos en las presentes bases
o en su resolución de convocatoria, dará lugar a la pérdida del derecho de participación y/o
a la ayuda.
El beneficiario de estas ayudas deberá:
— Cumplir las prescripciones contenidas en la presente convocatoria y demás obligaciones contenidas en el artículo 14 de la Ley de 38/2003, de 17 de noviembre,
General de Subvenciones, desde la presentación de la solicitud hasta la finalización de la beca.
— Someterse a las actuaciones de comprobación, a efectuar por el órgano concedente
en su caso, así como cualesquiera otras de comprobación y control financiero que
puedan realizar los órganos de control competentes.
— Comunicar al órgano concedente tan pronto como se conozca y en todo caso antes
de la justificación, la obtención de otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos que financien las actividades subvencionadas que resulten incompatibles con
el objeto de la presente convocatoria.
— Proceder al reintegro de los fondos percibidos si se produjese alguna de las causas
de reintegro contempladas en el artículo 37 de la Ley 38/2003 de 17 noviembre,
General de Subvenciones.
3. Documentación a presentar en la Universidad Rey Juan Carlos
Los interesados han de entregar la documentación que se indica en la base 3 de las Bases Reguladoras de la Convocatoria.
4. Requisitos de las empresas participantes
— Podrán participar en el programa empresas, entidades de la economía social y del
tercer sector, así como otras instituciones y entidades públicas o privadas.
— Las empresas deberán asegurar los mecanismos y procedimientos necesarios para la
realización de la práctica: garantizarán la accesibilidad del puesto en el que se realice la formación práctica del estudiante y la asignación de un tutor responsable que
forme parte de la empresa, que será el encargado de su seguimiento, el diseño del
plan de formación durante el período de realización de la práctica, la asignación de
funciones y tareas que contribuyan al desarrollo de competencias profesionales que
complementen los conocimientos técnicos del estudiante, entre otros.

— Plazo: el plazo para la presentación de solicitudes estará activo 5 días hábiles desde el día siguiente de la publicación de la presente convocatoria en el BOLETÍN
OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en la Base de Datos Nacional de Subvenciones.
— Inscripción: las personas interesadas deberán inscribirse, obligatoriamente, tanto en la
plataforma de becas ONCE a través del siguiente enlace ( https://becas.fundaciononce.es ),
como en la URJC.
— En la URJC, las solicitudes deberán presentarse a través de la sede electrónica
de la Universidad Rey Juan Carlos, o Registro Genera y Registros Auxiliares de
la misma, o mediante alguno de los medios contemplados en el artículo 16.4 de la

BOCM-20240325-11

5. Plazo de inscripción, subsanación y publicación