C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, AGRICULTURA E INTERIOR (BOCM-20240325-8)
Delegación competencias –  Orden 984/2024, de 15 de marzo, de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior, por la que se delega el ejercicio de determinadas competencias y la firma de convenios, se desconcentra el protectorado de fundaciones y se designa con carácter permanente a los miembros de las Mesas de Contratación de la Consejería
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 72

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 25 DE MARZO DE 2024

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2. Se delega en la persona titular de la Dirección General de Biodiversidad y Gestión
Forestal las competencias en materia de gestión y administración de montes atribuidas al titular de la Consejería.
Decimoquinto
Delegación de competencias en materia de precios públicos y precios privados
Se delegan en la persona titular de la Secretaría General Técnica:
a) Las competencias atribuidas al titular de la Consejería en el artículo 29.1.a) del
Decreto Legislativo 1/2002, de 24 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Tasas y Precios Públicos de la Comunidad de Madrid, relativo
a la fijación y modificación de la cuantía de los precios públicos.
b) El establecimiento, fijación de su cuantía, administración y cobro de contraprestaciones pecuniarias que tengan la naturaleza de precios privados por la venta de
bienes, la prestación de servicios o la realización de actividades llevadas a cabo
por la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior, en los términos previstos en la disposición adicional cuarta del Decreto Legislativo 1/2002, de 24 de
octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Tasas y Precios Públicos de la Comunidad de Madrid.
Decimosexto
Solicitud de dictamen a la Comisión Jurídica Asesora de la Comunidad de Madrid
Se delega en la persona titular de la Secretaría General Técnica la solicitud de dictamen a la Comisión Jurídica Asesora de la Comunidad de Madrid, en los términos previstos
en el Decreto 5/2016, de 19 de enero, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba el Reglamento de Organización y Funcionamiento de la Comisión Jurídica Asesora de la Comunidad de Madrid.
Decimoséptimo
Delegación de firma
Las personas titulares de los órganos administrativos que, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 12.1 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector
Público, deleguen la firma de las competencias delegadas por la presente Orden, requerirán
la autorización expresa y previa del órgano delegante.
Decimoctavo
Desconcentración en materia de fundaciones
De conformidad con el artículo 28.4 de la Ley 1/1998, de 2 de marzo, de Fundaciones
de la Comunidad de Madrid, se desconcentran en el titular de la Secretaría General Técnica las competencias propias del protectorado de fundaciones.
Decimonoveno
Se delega en la persona titular de la Dirección General de Seguridad de la Agencia de
Seguridad y Emergencias Madrid 112:
a) La autorización de la celebración de espectáculos taurinos populares, prevista en
el Decreto 112/1996, de 25 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Espectáculos Taurinos Populares.
b) La aprobación de las resoluciones de devolución de avales, fianzas y otras garantías en materia de espectáculos públicos y actividades recreativas y en materia de
espectáculos taurinos.
Vigésimo
Delegaciones en materia de protección civil
1. Se delega en el titular de la dirección de la Agencia de Seguridad y Emergencias
Madrid 112 la activación y dirección del Plan Territorial de Protección Civil de la Comunidad de Madrid (PLATERCAM) en sus situaciones 0, 1 y 2.

BOCM-20240325-8

Delegaciones en materia de espectáculos públicos y actividades recreativas