Ajalvir (BOCM-20240322-46)
Régimen económico. Ordenanza fiscal
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 22 DE MARZO DE 2024

B.O.C.M. Núm. 70

Si los datos objeto de acreditación, requieren de informe técnico, investigación o comprobación en campo o cualquier otra actuación que suponga un incremento del tiempo o de
los medios empleados: 16,00 euros.
2. Informe o consultas, ordenación y señalización de tráfico, actuaciones en materia
de seguridad vial, otras actuaciones policiales, siniestros o accidentes de tráfico a efectos
de la cobertura de seguros, regularizaciones de linderos y sobre emplazamientos; registros
o límites que precise el ejercicio de una actividad económica, informes del artículo 55.2 de
la Ley del Suelo: 6,00 euros.
3. Liquidaciones previas de plusvalía: 2,00 euros.
4. Avance de liquidaciones de otros tributos: 0,60 euros.
5. Tasas por expedición de certificados de titularidad de unidades de enterramiento,
certificados por restos enterrados en una unidad y tasa por tramitación de autorización para
recogida de huesos:
Certificados de titularidad:
Unidades concedidas o con titularidad reservada:
— Con menos de 10 años: 1,00 euros.
— Entre 10 y 30 años: 1,00 euros.
— Con más de 30 años: 1,00 euros.
Certificados de restos en unidad:
— En sepulturas: 1,00 euros.
— En nicho y columbario: 1,00 euros.
Autorizaciones para recogida de huesos, para residentes en este municipio, que acrediten realizar estudios científicos de cualquier nivel: 1,00 euros.
6. Certificaciones de Convivencia ciudadana o dependencia: 1,00 euros.
7. Certificaciones de vecindad, residencia o de otros extremos referentes al padrón
municipal: 1,00 euros.
8. Otras certificaciones no especificadas anteriormente: 1,00 euros.
9. Certificaciones para expedientes de desclasificación de V.P.O., V.P.P. y otras tipologías integradas (sin perjuicio de la retasación de intereses y recalculo de la bonificación de impuestos municipales (I.C.I.O, I.B.I.U, etc.): 100,00 euros.
Epígrafe 4.o Documentos relativos a servicios de Urbanismo:
1. Cédulas urbanísticas:
— Suelo urbano: 2,00 euros.
— Suelo urbanizable programado: 2,00 euros.
— Suelo urbanizable no programado: 2,00 euros.
— Suelo no urbanizable: 2,00 euros.
— Sistemas generales: 2,00 euros.
Epígrafe 5.o Expediente de tramitación de autorizaciones y cambios de titularidad de
licencias:
1. Cambio de titularidad de licencia de obras: 2 por 100 de lo satisfecho por licencia
de obra, no pudiendo ser inferior a 50,00 euros.
3. Por expedición de duplicado de cartel identificativo para actividades sujetas a la
Ley 17/1997 sobre Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas: 3,00 euros.
4. Otorgamiento a petición de parte de licencia de reapertura de piscina en temporada estival: 3,00 euros.
5. Cambios de titularidad de unidades de enterramiento:
— Por sucesión "mortis causa":
Grado parentesco:
• En primer grado: 1,00 euros.
• En segundo grado: 1,00 euros.
• En tercer grado: 1,00 euros.
— Por transmisión "inter vivos": 1,00 euros.
— Por ampliaciones de titularidad: 1,00 euros.
Artículo 8.o. Devengo.—Se devengará la Tasa y nace la obligación de contribuir,
cuando se presente la solicitud que inicie la tramitación de los documentos y expedientes
sujetos al tributo; o, en su caso, cuando tengan lugar las circunstancias que provoquen la

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