El Escorial (BOCM-20240322-52)
Organización y funcionamiento. Acuerdo condiciones trabajo funcionarios
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 70

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 22 DE MARZO DE 2024

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d Horas reales de presencia:
– A descontar vacaciones (22 hábiles) y días de libre disposición (6 jornadas), 28 jornadas × 7 horas = 196 horas.
Total horas presencia: 1.519 horas.

— Año normal:
d 365 días = 52 semanas + 1 día → 26 semanas + 1 día → 183.
Jornadas de 9 horas.
d 6 días AP puestos en cuadrante según Acuerdo.
d 5 días para formación según Acuerdo.
d 2 días prácticas de tiro según Acuerdo.
Total jornadas = 13 + 183 = 196.
Cómputo de horas: 196 × 9 = 1.764 horas.
d Horas reales de presencia:
– A descontar vacaciones (22 hábiles) y días de libre disposición (6 jornadas) = 252 horas.
Total horas presencia: 1.764 − 2 = 1.512 horas.
— Año bisiesto:
d 366 días = 52 semanas + 2 días → 26 semanas + 1 → 184 jornadas.
d 6 días AP puestos en cuadrante según Acuerdo.
d 5 días para formación según Acuerdo.
d 2 días prácticas de tiro según Acuerdo.
Total jornadas = 13 + 184 = 197 jornadas.
Cómputo de horas: 197 × 9 = 1.773 horas.
d Horas reales de presencia:
– A descontar vacaciones (22 hábiles) y días de libre disposición (6 jornadas) = 252 horas.
Total horas presencia: 1.773 − 252 = 1.521 horas.
Art. 2. Calendario de trabajo.—1. Cuadrantes.
Los miembros del Cuerpo de Policía Local quedarán adscritos a alguno de los siguientes servicios:
— Servicios generales: los funcionarios del cuerpo de policía local que no se encontrará sometido a las condiciones horarias descritas en los párrafos posteriores,
vendrá obligado a la realización de una jornada semanal de treinta y cinco horas
en cómputo anual desarrolladas, con carácter general, de lunes a viernes.
— Servicio ordinario: los agentes adscritos a este servicio realizarán una jornada diaria de nueve horas. Y trabajarán siete días, librando, a continuación, otros siete.
Los turnos comenzarán los lunes y finalizarán los domingos.
La rotación de los turnos se efectuará cada dos semanas de trabajo en cada turno, siguiendo el orden de mañana, noche y tarde.
El horario de trabajo se distribuirá diariamente de la siguiente manera:
— El turno de mañana se realizará de 6:00 a 14:30 horas.
— El turno de tarde se realizará de 14:00 a 22:30 horas.
— El turno de noche se realizará de 22:00 a 6:30 horas.
Los citados horarios serán ampliados en treinta minutos, adelantando la entrada o retrasando la salida, según los criterios establecidos por Jefatura, para atender necesidades
tales como cubrir horarios de salida de centros escolares, horarios de salida de establecimientos de ocio, momentos en los que se prevea mayor afluencia de ciudadanos en las vías
públicas, realización de controles de documentación, alcohol o drogas, etc.
El establecimiento de los horarios de entrada y salida se realizará en el cuadrante anual,
pudiéndose realizar cambios por motivos sobrevenidos y justificados, informando con an-

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Cómputo Policía Local cuadrante 7 × 7