C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20240321-7)
Regulación procedimiento autoliquidación –  Orden de 13 de marzo de 2024, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se modifica la Orden de 23 de febrero de 2023, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se establece el procedimiento para la elaboración, presentación y pago electrónico de autoliquidaciones, se aprueba la diligencia acreditativa de la presentación y pago electrónico, se establecen los supuestos de obligatoriedad de presentación electrónica y se aprueban los modelos de autoliquidación correspondientes a los impuestos gestionados por la Comunidad de Madrid
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

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JUEVES 21 DE MARZO DE 2024

B.O.C.M. Núm. 69

Autorización a la Administración Tributaria para pago y/o
Dirección General de Tributos
CONSEJERÍA DE ECONOMÍA,
HACIENDA Y EMPLEO

Comunidad de Madrid

presentación electrónica de los tributos gestionados por
la Comunidad de Madrid

Oficina Liquidadora
“Los datos personales recogidos en este formulario están integrados en la Actividad de Tratamiento “TRIBSUBPA Y CENO”. Es Responsable del Tratamiento la Dirección
General de TRIBUTOS. La finalidad es “La recaudación y gestión de los tributos cedidos y propios de la Comunidad de Madrid. Operaciones con trascendencia tributaria.
Censo de contribuyentes y gestión de notificaciones tributarias”. Puede ejercitar sus derechos de acceso, rectificación, supresión, oposición, limitación del tratamiento y
no ser objeto de decisiones individuales automatizadas dirigiendo solicitud al Responsable del tratamiento. Información complementaria sobre el tratamiento
http://comunidad.madrid/sites/default/files/texto_proteccion_datos_doce_puntos.pdf. Más información sobre protección de datos personales en
www.comunidad.madrid/protecciondedatos.”

N.I.F.

1er Apellido

2º Apellido

Nombre

Autoriza a la Administración Tributaria para que proceda a realizar el pago y/o
presentación de todas las autoliquidaciones que resulten de la documentación
entregada, realizándose el pago mediante:
Cargo en cuenta
Pago mediante tarjeta de crédito/débito
Pago mediante transferencia bancaria
Pago presencial en oficina bancaria colaboradora
Pago mediante Bizum
Presentación con solicitud de aplazamiento. Nº de registro:

Madrid, a

de

de

Firmado:

La actuación de la Administración Tributaria consistirá en la trascripción de los datos aportados por el solicitante y en la
realización de los cálculos correspondientes.
Los datos, importes o calificaciones contenidos en las declaraciones, autoliquidaciones o comunicaciones de datos
confeccionados por la Administración no vincularán a la Administración en el ejercicio de las actuaciones de
comprobación o investigación que puedan desarrollarse con posterioridad, quedando exonera de cualquier
responsabilidad.

BOCM-20240321-7

(03/4.117/24)

http://www.bocm.es

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791