Madrid (BOCM-20240321-35)
Régimen económico. Área de Gobierno de Economía, Innovación y Hacienda. Extracto convocatoria subvenciones
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 69

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 21 DE MARZO DE 2024

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III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
35

MADRID
RÉGIMEN ECONÓMICO

Área de Gobierno de Economía, Innovación y Hacienda
Extracto de Decreto de 6 de marzo de 2024, de la Delegada del Área de Gobierno de
Economía, Innovación y Hacienda, por el que se aprueba la convocatoria pública ordinaria
de subvenciones dirigidas al fomento de productos, herramientas o servicios de modernización tecnológica y digitalización, orientados a las PYMES y a la mejora de su competitividad, para la anualidad 2024.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria
cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones.
(http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index):

Primero. Objeto y modalidades.—Concesión por el Ayuntamiento de Madrid, a través del Área de Gobierno de Economía, Innovación y Hacienda, de subvenciones a otorgar
en la anualidad 2024, dirigidas al fomento de productos, herramientas o servicios de modernización tecnológica y digitalización, orientados a las PYMES y a la mejora de su competitividad, para la anualidad 2024.
La convocatoria establece en su base 5 las siguientes modalidades de actuaciones subvencionables:
— Modalidad de “Digitalización”.
Tipos de actuaciones:
d Innovación en el proceso de negocio, facilitadores de la gestión interna y relación con el cliente.
d Potenciación del teletrabajo/ gestión del talento.
d Seguridad y privacidad
Segundo. Beneficiarios y requisitos.—Según establece la base 4.1 de la convocatoria,
podrán ser beneficiarias de estas subvenciones las PYMES que, ubicadas en el término municipal de Madrid, desarrollen o vayan a desarrollar una actividad productiva y que no formen
parte del sector público, de conformidad con lo establecido en el artículo 3 de la Ley 9/2017,
de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público.
Las actividades de las PYMES solicitantes deberán encuadrarse en las siguientes Secciones de la CNAE 2009:
— 5829: Edición de otros programas informáticos.
— 6201: Actividades de programación informática.
— 6202: Actividades de consultoría informática.
— 6203: Gestión de recursos informáticos.
— 6209: Otros servicios relacionados con las tecnologías de la información y la informática.
— 6311: Proceso de datos, hosting y actividades relacionadas.
— 6312: Portales web.
— 7022: Otras actividades de consultoría de gestión empresarial.
— 7112 Servicios técnicos de ingeniería y otras actividades relacionadas con el asesoramiento técnico.
— 7219 Otra investigación y desarrollo experimental en ciencias naturales y técnicas.
— 8543 Educación universitaria.
— 8299 Otras actividades de apoyo a las empresas n.c.o.p.

BOCM-20240321-35

BDNS (Identif.): 748908