C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, AGRICULTURA E INTERIOR (BOCM-20240321-8)
Plan general de urbanismo –  Acuerdo de 13 de marzo de 2024, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba definitivamente la modificación puntual del Plan General de Ordenación Urbana de Madrid de 1997, para el ámbito del Palacio de Deportes de la Comunidad de Madrid, situado en la calle Goya, número 90, distrito de Salamanca
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B.O.C.M. Núm. 69

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 21 DE MARZO DE 2024

• Hojas UA-67/5 y UA-67/8 del Plano del Área de Planeamiento Específico
(APE.) 00.01. Usos y actividades.
• Hojas CE-67/5 y CE-67/8 del Plano del Área de Planeamiento Específico
(APE.) 00.01. Condiciones de la edificación.
• Hojas AE-67/5 y AE-67/8 del Plano de análisis de la edificación.
— La documentación que se añade son las fichas de condiciones urbanísticas de la
edificación.
Los terrenos afectados por la Modificación puntual forman un ámbito continuo y ocupan la manzana situada entre las calles Goya, Fuente del Berro, Jorge Juan y Lombía, así
como parte de dichas calles; exceptuando el edificio de viviendas situado en calle Goya, 88.
El ámbito alcanza una superficie de 18.969,96 metros cuadrados de suelo.
La superficie del ámbito de actuación es inferior al 10 por ciento de la superficie total
del término municipal de Madrid, que alcanza los 604,3 kilómetros cuadrados en toda su
extensión, no resultando preceptiva la realización de avance en las condiciones señaladas
en el artículo 56 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid.
VI. En cuanto al procedimiento ambiental, con fecha 2 de febrero de 2023, la propuesta fue valorada favorablemente en el Informe Ambiental Estratégico emitido por la entonces denominada Dirección General de Descarbonización y Transición Energética (actual Dirección General de Transición Energética y Economía Circular).
VII. En relación con el análisis y valoración de la Modificación Puntual del Plan General de Ordenación Urbana de Madrid de 1997, para el ámbito del Palacio de Deportes de
la Comunidad de Madrid, situado en la calle Goya, número 90, Distrito de Salamanca., con
fecha 29 de enero de 2024 y 19 de febrero de 2024, respectivamente, la Dirección General de
Urbanismo de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior ha emitido informe
técnico e informe jurídico favorables a su aprobación definitiva por el Consejo de Gobierno.
VIII. En cuanto a la tramitación administrativa seguida, se han cumplido los trámites previstos en el artículo 57 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, citada, que regula el procedimiento de aprobación de los Planes Generales y de sus Modificaciones y Revisiones en
su fase municipal.
IX. La Comisión de Urbanismo de Madrid, en su sesión de 29 de febrero de 2024,
aceptando la propuesta formulada por la Dirección General de Urbanismo el día 21 de febrero de 2024, informó favorablemente la Modificación Puntual del Plan General de Ordenación Urbana de Madrid de 1997, para el ámbito del Palacio de Deportes de la Comunidad
de Madrid, situado en la calle Goya, número 90, Distrito de Salamanca.
X. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 61.1 de la mencionada Ley 9/2001,
de 17 de julio, corresponde al Consejo de Gobierno, previo informe de la Comisión de Urbanismo de Madrid, la aprobación definitiva de todos los Planes Generales y de Sectorización y sus revisiones, así como la aprobación de las modificaciones que correspondan a municipios con población de derecho superior a 15.000 habitantes, circunstancia que concurre
en el presente supuesto.
XI. Según lo establecido en los artículos 65 y 66 de la citada Ley 9/2001, de 17 de
julio, y a efectos de garantizar su publicidad, previo a la publicación del presente acuerdo,
se depositará un ejemplar del expediente en la Unidad de Información Urbanística de la
Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior, sita en la calle Alcalá, número 16,
5.a planta, de Madrid, donde podrá ser consultado.
Una vez publicado el presente acuerdo en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID, corresponde al Ayuntamiento publicar en dicho diario oficial el contenido íntegro de la parte del planeamiento que exija la legislación de régimen local, de acuerdo con
el artículo 66.1.b) de la Ley 9/2001, de 17 de julio, en relación con el artículo 70.2 de la
Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, como señala la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid de 24 de abril de 2009.
En su virtud, previo informe de la Comisión de Urbanismo de Madrid, adoptado en la
sesión celebrada el 29 de febrero de 2024, a propuesta del Consejero de Medio Ambiente,
Agricultura e Interior, el Consejo de Gobierno, previa deliberación en su reunión del día 13 de
marzo de 2024,

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