B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE SANIDAD - SERVICIO MADRILEÑO DE SALUD (BOCM-20240318-16)
Concurso de méritos –  Resolución de 11 de marzo de 2024, de la Dirección General de Recursos Humanos y Relaciones Laborales del Servicio Madrileño de Salud, por la que se convoca Concurso de Méritos por el turno libre para el acceso a la condición de personal estatutario fijo en las categorías de personal sanitario del Grupo A, Subgrupo A1 del Servicio Madrileño de Salud que se relacionan en el Anexo I
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 18 DE MARZO DE 2024

B.O.C.M. Núm. 66

declarado por el participante en su solicitud al correspondiente proceso selectivo, deberán
ser comunicados al órgano convocante.
5.7.8. Si alguna de las personas interesadas presentase su solicitud presencialmente,
se requerirá al interesado para que la subsane a través de la presentación electrónica de la
solicitud con arreglo a lo dispuesto en el artículo 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas en relación con el
artículo 3.3 del Decreto 188/2021, por lo que se considerará a todos los efectos como fecha
de presentación de la solicitud aquella en la que se haya realizado la correspondiente subsanación.
5.7.9. De conformidad con lo previsto en el artículo 32.4 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en el
caso de que se produjeran incidencias técnicas que imposibiliten el funcionamiento ordinario del sistema informático que sirve de soporte a la tramitación de este proceso selectivo
en cualquiera de sus fases, se podrá llevar a cabo una ampliación del correspondiente plazo siempre que este no se encuentre vencido. Dado el caso, la Administración publicará en
la página web de la Comunidad de Madrid, tanto la incidencia técnica acontecida como la
ampliación concreta del plazo no vencido.
Sexta
6.1. Los aspirantes deberán liquidar la tasa por derechos de participación en el proceso selectivo en la forma y por el importe que se especifique en esta base. A estos efectos,
conforme al Texto Refundido de la Ley de Tasas y Precios Públicos de la Comunidad de
Madrid, aprobado por el Decreto Legislativo 1/2002, de 24 de octubre y en aplicación de
los dispuesto en la vigente Ley de Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid, la
tasa por derechos ordinarios de examen en pruebas selectivas de personal estatutario para
el Grupo A Subgrupo A1, que se convoca, la tasa es de 42,34 euros, salvo que resulte de
aplicación alguna de las exenciones totales recogidas en el apartado 6.5. Para los aspirantes que sean miembros de familias numerosas de categoría general, la cuantía de la tasa es
de 21,17 euros.
6.2. La falta de justificación del abono de la tasa por derechos de participación dentro del plazo de presentación de solicitudes determinará la exclusión del aspirante del proceso selectivo sin perjuicio de su derecho a la subsanación.
En ningún caso la mera presentación de la acreditación del pago de la tasa supondrá la
sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma, de la solicitud de participación
en las pruebas selectivas, debiendo presentar y firmar la solicitud una vez abonada la tasa
para ser admitido.
6.3. Los aspirantes deberán abonar la cuantía que en cada caso corresponda, mediante el impreso normalizado 030, centro gestor 8100, que podrá obtenerse a través del formulario de la solicitud indicado en la base 5.2.
Deberá asegurarse de presentar y firmar la solicitud una vez abonada la tasa. En el
apartado observaciones se deberá indicar acceso a la categoría concreta.
6.4. Modalidades de pago:
a) Por banca electrónica (cargo en cuenta o pago con tarjeta), accediendo a la página
web de la Comunidad de Madrid, siendo necesario el Documento Nacional de
Identidad Electrónico o cualquier certificado electrónico reconocido o cualificado
por la Comunidad de Madrid y expedido por prestador incluido en la “Lista de
confianza de prestadores de servicios de certificación”. El “Ejemplar para el Interesado/Administración” del documento de ingreso que se genere por este medio,
en el que aparecerá reflejada la validación mecánica otorgada por la entidad bancaria, debiendo indicarse en la solicitud de participación el número identificativo
del modelo 030.
b) Mediante la aplicación móvil “App Pago de Tasas” disponible tanto para el entorno IOS como Android. El “Ejemplar para el Interesado/Administración” del documento de ingreso que se genere por este medio, en el que aparecerá reflejada la
validación mecánica otorgada por la entidad bancaria, debiendo indicarse en la solicitud de participación el número identificativo del modelo 030.
c) Ingreso en efectivo: El interesado deberá dirigirse con el modelo 030 debidamente
cumplimentado, a cualquier oficina de alguna de las entidades colaboradoras que
se relacionan en el propio modelo 030 en las que se puede efectuar el ingreso de

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Tasa por derechos de participación