B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE SANIDAD - SERVICIO MADRILEÑO DE SALUD (BOCM-20240318-16)
Concurso de méritos –  Resolución de 11 de marzo de 2024, de la Dirección General de Recursos Humanos y Relaciones Laborales del Servicio Madrileño de Salud, por la que se convoca Concurso de Méritos por el turno libre para el acceso a la condición de personal estatutario fijo en las categorías de personal sanitario del Grupo A, Subgrupo A1 del Servicio Madrileño de Salud que se relacionan en el Anexo I
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 18 DE MARZO DE 2024

B.O.C.M. Núm. 66

BASES DE LA CONVOCATORIA
Primera
Objeto y régimen jurídico
1.1. El objeto de esta Resolución es convocar pruebas selectivas para la cobertura de
2.000 plazas para el acceso a la condición de personal estatutario fijo en las categorías de
Facultativo/a Especialistas, Grupo A Subgrupo A1, incluidas en las plantillas orgánicas de
las Instituciones Sanitarias del Servicio Madrileño de Salud, para su provisión por el turno
libre, que se indican en el Anexo I “Descripción de plazas”.
Esta convocatoria se regirá por lo dispuesto, en el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30
de octubre, en la Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto Marco del personal estatutario de los servicios de salud y en el Real Decreto-Ley 1/1999, de 8 de enero, sobre selección de personal estatutario y provisión de plazas en las Instituciones Sanitarias de la Seguridad Social, que se mantiene vigente con rango reglamentario en la Comunidad de Madrid
y por las bases específicas que se establezcan en esta convocatoria.
1.2. En aplicación de la normativa vigente relativa al acceso de las personas con discapacidad a la Administración Pública, para quienes ostenten la condición legal de personas con discapacidad con un grado de discapacidad igual o superior al 33 por 100, y siempre que se cumplan los requisitos que, a tal efecto, se establecen en dicha normativa, se
reservan 140 plazas del total de las convocadas.
— 1.860 plazas por el cupo general.
— 140 plazas por el cupo de reserva para personas con discapacidad.
En el supuesto de que las plazas reservadas a personas con discapacidad no puedan cubrirse por falta de candidatos que superen o puedan superar el proceso selectivo, dichas plazas se acumularán a las ofertadas en el cupo general.
1.3. Las plazas estarán dotadas con las retribuciones establecidas en la normativa
que le sea de aplicación y en las cuantías fijadas para cada ejercicio presupuestario.
1.4. Las diferentes fases de ejecución de este proceso selectivo podrán llevarse a
cabo por separado para cada una de las categorías contenidas en el Anexo I de esta convocatoria.
Segunda
Principio de igualdad
2.1. El proceso selectivo convocado al amparo de la presente Resolución cumplirá el
principio de igualdad entre mujeres y hombres en el acceso al empleo público, de acuerdo
con lo que establece el artículo 14 de la Constitución Española, evitando cualquier discriminación directa o indirecta en el acceso, tal y como establece la Ley Orgánica 3/2007,
de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de Mujeres y Hombres.
2.2. Por parte del Tribunal Calificador del presente proceso selectivo, se velará en
todo momento por el estricto cumplimiento del principio de igualdad de oportunidades a lo
largo de todo el desarrollo del mismo.
2.3. En los casos en que esta Resolución y sus bases utilicen sustantivos de género
gramatical masculino para referirse a personas, cargos o puestos, debe entenderse que se
hace por mera economía en la expresión, y que deben asimilarse indistintamente a todas las
personas, independientemente de su sexo o identidad de género, con estricta igualdad en
cuanto a los efectos jurídicos.

Publicidad del concurso de méritos
3.1. En el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID o a través de la página
web www.comunidad.madrid , se publicarán todos los actos y acuerdos que se dicten en desarrollo del proceso selectivo conforme a lo que se establezca en la presente convocatoria.
3.2. La publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, o en su
caso en la página web será vinculante a efectos de la convocatoria para el proceso selectivo, así como para el inicio del cómputo de cualquiera de los plazos que estén establecidos
y sean de aplicación.

BOCM-20240318-16

Tercera