B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE SANIDAD - SERVICIO MADRILEÑO DE SALUD (BOCM-20240318-17)
Concurso de méritos –  Resolución de 11 de marzo de 2024, de la Dirección General de Recursos Humanos y Relaciones Laborales del Servicio Madrileño de Salud, por la que se convoca concurso de méritos por el turno libre para el acceso a la condición de personal estatutario fijo en las categorías de personal sanitario del Grupo A, Subgrupo A2, del Servicio Madrileño de Salud, que se relacionan en el Anexo I
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 18 DE MARZO DE 2024

B.O.C.M. Núm. 66

5.7.4. Documentación a adjuntar a las solicitudes:
Los aspirantes deberán acompañar a las solicitudes de participación la documentación que corresponda en su caso:
a) El ejemplar para la Administración del impreso modelo 030, acreditativo
de haber abonado la tasa por derechos de examen y/o, en su caso, la documentación acreditativa de la exención parcial o total del pago de la misma.
b) Titulación exigida para su participación en la presente convocatoria o, en
su caso, de la certificación académica que acredite haber realizado y aprobado los estudios completos necesarios para la expedición de dichos títulos, junto a la acreditación del pago de la tasa correspondiente a la expedición de los mismos. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero
deberá presentarse la credencial de homologación.
c) Únicamente en el supuesto de que la solicitud se firme por el representante
que actúa en nombre del interesado, se deberá aportar la autorización indicada en la base 5.5.b)
5.7.5. La presentación a la presente convocatoria supone la conformidad del aspirante
con la publicación de las puntuaciones en los diferentes apartados del concurso
de méritos.
5.7.6. Los actos o incidencias relativos a este proceso selectivo que requieran de una
comunicación personal entre la Administración y la persona interesada, se realizarán a través de medios electrónicos, para lo cual se deberá estar dado de alta
en el Sistema de Notificaciones Electrónicas de la Comunidad de Madrid
https://sede.comunidad.madrid
5.7.7. Los aspirantes quedan vinculados a los datos consignados en la solicitud, y una
vez presentada solo podrán instar su modificación motivadamente por medios
electrónicos dentro del plazo de presentación de solicitudes. Los cambios que
puedan producirse en los datos personales, domicilio, dirección de correo electrónico, así como cualquier otro declarado por el participante en su solicitud al correspondiente proceso selectivo, deberán ser comunicados al órgano convocante.
5.7.8. Si alguna de las personas interesadas presentase su solicitud presencialmente,
se requerirá al interesado para que la subsane a través de la presentación
electrónica de la solicitud con arreglo a lo dispuesto en el artículo 68 de la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas en relación con el artículo 3.3 del Decreto 188/2021,
por lo que se considerará a todos los efectos como fecha de presentación de la
solicitud aquella en la que se haya realizado la correspondiente subsanación.
5.7.9. De conformidad con lo previsto en el artículo 32.4 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas, en el caso de que se produjeran incidencias técnicas que imposibiliten el funcionamiento ordinario del sistema informático que sirve de soporte a
la tramitación de este proceso selectivo en cualquiera de sus fases, se podrá llevar a cabo una ampliación del correspondiente plazo siempre que este no se encuentre vencido. Dado el caso, la administración publicará en la página web de
la Comunidad de Madrid, tanto la incidencia técnica acontecida como la ampliación concreta del plazo no vencido.
Sexta
6.1. Los aspirantes deberán liquidar la tasa por derechos de participación en el proceso selectivo en la forma y por el importe que se especifique en esta base. A estos efectos,
conforme al texto refundido de la Ley de Tasas y Precios Públicos de la Comunidad de
Madrid, aprobado por el Decreto Legislativo 1/2002, de 24 de octubre, y en aplicación de
los dispuesto en la vigente Ley de Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid, la
tasa por derechos ordinarios de examen en pruebas selectivas de personal estatutario para
el Grupo A subgrupo A2, que se convoca, la tasa es de 32,94 euros, salvo que resulte de
aplicación alguna de las exenciones totales recogidas en el apartado 6.5. Para los aspirantes que sean miembros de familias numerosas de categoría general, la cuantía de la tasa es
de 16,47 euros.

BOCM-20240318-17

Tasa por derechos de participación