San Lorenzo de El Escorial (BOCM-20240314-58)
Régimen económico. Bases ayudas nacimiento hijo
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

B.O.C.M. Núm. 63

JUEVES 14 DE MARZO DE 2024

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Ayuntamiento de San Lorenzo de El Escorial y el órgano de gestión el Área de Familia. Tiene como única finalidad poder tramitar la ayuda solicitada.
Los establecimientos que se adhieran a la campaña darán su consentimiento expreso y
sin ninguna prestación para la utilización de sus datos con la finalidad de facilitar el desarrollo de la campaña.
El responsable del tratamiento es el Ayuntamiento de San Lorenzo de El Escorial y ante
él podrán ejercerse los derechos de acceso, rectificación, cancelación, oposición, Para ejercer
estos derechos se solicitará mediante escrito en el Registro de Entrada del Ayuntamiento indicando el nombre del tratamiento y el órgano de gestión y aportando en DNI/NIE/Pasaporte.
El contacto con el delegado de Protección de Datos es dpd@aytosanlorenzo.es
Los datos de los solicitantes podrán ser trasladados a la Agencia Estatal de la Administración Tributaria y a la Tesorería General de la Seguridad Social, conforme establece la
normativa reguladora de las subvenciones, a efectos de acreditar hallarse al corriente en el
cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
Base 16.a Impugnación
Contra los actos administrativos dictados en ejecución de la presente convocatoria podrá interponerse recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes, o bien, directamente, recurso contencioso administrativo en el plazo de dos meses, ante los Juzgados de
lo Contencioso-Administrativo de Madrid.
El recurso de reposición, en su caso, se interpondrá ante el mismo órgano que dictó el
acuerdo, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al del recibo de la presente notificación, y se entenderá desestimado si transcurrido otro mes desde su interposición no hubiera recibido notificación alguna, según lo dispuesto en el artículo 123 de la Ley 39/2015,
de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
El recurso contencioso-administrativo se interpondrá de acuerdo con lo dispuesto en
los artículos 25, 8.1 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción
Contencioso-Administrativa, ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de
Madrid, el plazo de dos meses desde el día siguiente al del recibo de la presente. No obstante lo anterior, tal como señala el artículo 123.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. En el supuesto de
que haya interpuesto el recurso potestativo de reposición, no se podrá interponer el recurso
contencioso-administrativo hasta que aquél sea resuelto expresamente o se haya producido
la desestimación presunta del mismo.
Todo ello, sin perjuicio de que el interesado pueda utilizar cualquier otra vía de recurso que estime procedente.
Los plazos para interponer los recursos se computarán a partir del día siguiente al de
la publicación de los anuncios correspondientes en el portal de transparencia y tablón de
anuncios de la página web: www.aytosanlorenzo.es
Base 17.a Derogaciones

BOCM-20240314-58

Estas bases derogan todas las aprobadas anteriormente con el mismo objeto.
San Lorenzo de El Escorial, a 4 de marzo de 2024.—La alcaldesa, Carlota López
Esteban.
(03/3.513/24)

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D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791