C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, JUSTICIA Y ADMINISTRACIÓN LOCAL (BOCM-20240314-23)
Plan estratégico subvenciones – Orden de 7 de marzo de 2024, del Consejero de Presidencia, Justicia y Administración Local, por la que se aprueba el Plan Estratégico de Subvenciones de la Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local para los años 2024 y 2025
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BOCM
Pág. 100
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 14 DE MARZO DE 2024
B.O.C.M. Núm. 63
Normativa de la Comunidad de Madrid:
— Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid.
— Decreto 222/1998, de 23 de diciembre, de desarrollo parcial de la Ley 2/1995, de 8 de marzo,
de Subvenciones de la Comunidad de Madrid, en materia de bases reguladoras de las mismas.
Disposiciones sobre la estructura orgánica:
— Decreto 38/2023, de 23 de junio, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, por el que se
establece el número y denominación de las Consejerías de la Comunidad de Madrid.
— Decreto 76/2023, de 5 de julio, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura
orgánica básica de las Consejerías de la Comunidad de Madrid.
— Decreto 229/2023, de 6 de septiembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la
estructura orgánica de la Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local.
5. OBJETIVOS
En el marco competencial de la Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local, durante
la vigencia del Plan, destacan como prioritarios los siguientes objetivos estratégicos, que describen
el efecto e impacto que se espera lograr:
En el ámbito de la Viceconsejería de Justicia y Víctimas:
x
Materializar el derecho a la tutela judicial efectiva, a la ciudadanía en general con
independencia de su nivel de renta, mediante la financiación sostenible de los servicios
públicos de asistencia jurídica gratuita, servicio de orientación jurídica, Turno de oficio y
representación procesal, en los términos y con la extensión prevista en la Ley.
x
Apoyar al sostenimiento de los Juzgados de Paz implantados en los M municipios de la
Comunidad de Madrid.
x
Apoyar de manera integral a las víctimas del terrorismo mediante el reconocimiento de
indemnizaciones y a través del apoyo al tejido asociativo representativo de los colectivos de
víctimas del terrorismo presentes en la Comunidad de Madrid.
x
Fomentar la empleabilidad de los jóvenes mediante la formación y la experiencia adquiridas
durante las prácticas realizadas en la Dirección General de Asuntos Europeos aportando, a su
vez, un enriquecimiento en el desarrollo de las funciones y tareas de la misma.
x
Apoyar a la emigración madrileña y a los retornados, mediante proyectos y actividades para
fomentar la atención a la emigración madrileña y su retorno, en particular a quienes están en
situación de espacial vulnerabilidad económica.
x
Dotar del apoyo necesario a las entidades locales de la región a través del Programa de Inversión
Regional, contribuir al sostenimiento de la Federación Madrileña de Municipios y dar apoyo
económico a los a Ayuntamientos de la Comunidad de Madrid conforme a los criterios establecidos
en la Ley 2/2003, de 11 de marzo, de Administración Local de la Comunidad de Madrid.
x
Hacer frente al reto demográfico tratando de paliar los desequilibrios sociales y territoriales,
especialmente la brecha urbana/rural en relación con los problemas de acceso a los servicios
en zonas con baja densidad de población.
En el ámbito de la Secretaría General Técnica:
x
Apoyar las actuaciones relacionadas con la Memoria Democrática, facilitando recursos que
contribuyan a la localización, identificación y dignificación de personas desaparecidas durante
la Guerra Civil.
BOCM-20240314-23
En el ámbito de la Viceconsejería de Presidencia y Administración Local:
Pág. 100
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 14 DE MARZO DE 2024
B.O.C.M. Núm. 63
Normativa de la Comunidad de Madrid:
— Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid.
— Decreto 222/1998, de 23 de diciembre, de desarrollo parcial de la Ley 2/1995, de 8 de marzo,
de Subvenciones de la Comunidad de Madrid, en materia de bases reguladoras de las mismas.
Disposiciones sobre la estructura orgánica:
— Decreto 38/2023, de 23 de junio, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, por el que se
establece el número y denominación de las Consejerías de la Comunidad de Madrid.
— Decreto 76/2023, de 5 de julio, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura
orgánica básica de las Consejerías de la Comunidad de Madrid.
— Decreto 229/2023, de 6 de septiembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la
estructura orgánica de la Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local.
5. OBJETIVOS
En el marco competencial de la Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local, durante
la vigencia del Plan, destacan como prioritarios los siguientes objetivos estratégicos, que describen
el efecto e impacto que se espera lograr:
En el ámbito de la Viceconsejería de Justicia y Víctimas:
x
Materializar el derecho a la tutela judicial efectiva, a la ciudadanía en general con
independencia de su nivel de renta, mediante la financiación sostenible de los servicios
públicos de asistencia jurídica gratuita, servicio de orientación jurídica, Turno de oficio y
representación procesal, en los términos y con la extensión prevista en la Ley.
x
Apoyar al sostenimiento de los Juzgados de Paz implantados en los M municipios de la
Comunidad de Madrid.
x
Apoyar de manera integral a las víctimas del terrorismo mediante el reconocimiento de
indemnizaciones y a través del apoyo al tejido asociativo representativo de los colectivos de
víctimas del terrorismo presentes en la Comunidad de Madrid.
x
Fomentar la empleabilidad de los jóvenes mediante la formación y la experiencia adquiridas
durante las prácticas realizadas en la Dirección General de Asuntos Europeos aportando, a su
vez, un enriquecimiento en el desarrollo de las funciones y tareas de la misma.
x
Apoyar a la emigración madrileña y a los retornados, mediante proyectos y actividades para
fomentar la atención a la emigración madrileña y su retorno, en particular a quienes están en
situación de espacial vulnerabilidad económica.
x
Dotar del apoyo necesario a las entidades locales de la región a través del Programa de Inversión
Regional, contribuir al sostenimiento de la Federación Madrileña de Municipios y dar apoyo
económico a los a Ayuntamientos de la Comunidad de Madrid conforme a los criterios establecidos
en la Ley 2/2003, de 11 de marzo, de Administración Local de la Comunidad de Madrid.
x
Hacer frente al reto demográfico tratando de paliar los desequilibrios sociales y territoriales,
especialmente la brecha urbana/rural en relación con los problemas de acceso a los servicios
en zonas con baja densidad de población.
En el ámbito de la Secretaría General Técnica:
x
Apoyar las actuaciones relacionadas con la Memoria Democrática, facilitando recursos que
contribuyan a la localización, identificación y dignificación de personas desaparecidas durante
la Guerra Civil.
BOCM-20240314-23
En el ámbito de la Viceconsejería de Presidencia y Administración Local: