C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, JUSTICIA Y ADMINISTRACIÓN LOCAL (BOCM-20240314-23)
Plan estratégico subvenciones –  Orden de 7 de marzo de 2024, del Consejero de Presidencia, Justicia y Administración Local, por la que se aprueba el Plan Estratégico de Subvenciones de la Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local para los años 2024 y 2025
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BOCM

JUEVES 14 DE MARZO DE 2024

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3. Plazo de consecución: sin perjuicio de que el presente Plan Estratégico tiene alcance
para los años 2024 y 2025, los objetivos de esta línea de subvenciones se plantean con
carácter indefinido.
4. Costes previsibles y fuente de financiación.
2024

2025

650.000,00 euros

650.000,00 euros

La financiación se realizará con cargo al programa presupuestario 942O, subconcepto
46309 “Subvenciones a Corporaciones Locales”.
La fuente de financiación proviene exclusivamente de los Presupuestos Generales de la
Comunidad de Madrid.
5. Plan de Acción: garantizar, las funciones de secretaría, comprensiva de la fe pública y el
asesoramiento legal preceptivo y, de control y fiscalización interna de la gestión
económico-financiera y presupuestaria, y contabilidad, tesorería y recaudación,
buscando igualar las posibilidades y los medios con que cuentan los Ayuntamientos de
la Comunidad de Madrid, especialmente los de menor capacidad económica y de
gestión. También serán objeto de subvención los puestos para cuyo mantenimiento en
común se hayan constituido las Agrupaciones de Municipios, así como el del personal
administrativo de estas agrupaciones.
6. Seguimiento y evaluación: el cumplimiento de los objetivos tendrá como indicador para
la correcta verificación de que lo convocado sigue a los fines de lo establecido, en la
línea de subvenciones, el número de actuaciones subvencionadas. Vista la evolución
producida entre el importe convocado y las actuaciones ejecutadas en los ejercicios
anteriores, los resultados que se prevén obtener para el año 2024 y 2025 y 2026 son de
30 actuaciones al año.
III. SUBVENCIONES DESTINADAS A POTENCIAR Y CREAR COMERCIO RURAL EN
MUNICIPIOS DE MENOS DE 1.000 HABITANTES DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
1. Área de competencia y beneficiarios: estas ayudas están destinadas a empresarios que
tengan o pretendan crear un comercio con local abierto al público en un municipio de
menos de 1.000 habitantes de la Comunidad de Madrid.
2. Objetivos y finalidad: el objeto de la subvención es la concesión de ayudas para
revitalizar la vida de los municipios rurales y proporcionar condiciones que permitan
atraer nueva población.
3. Plazo para su consecución: años 2024-2025.
4. Costes previsibles y fuentes de financiación: Programa 942O del Presupuesto de gastos
de la Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local.
Año 2024

700.000,00 euros

Año 2025

700.000,00 euros

La fuente de financiación proviene exclusivamente de los Presupuestos Generales de la
Comunidad de Madrid.
5. Plan de acción: estas subvenciones se guiarán por las bases reguladoras vigentes en el
momento de su convocatoria.
6. Seguimiento y evaluación: se realizará un seguimiento de la ejecución de los objetivos
mediante una serie de indicadores de ejecución y resultado que se definirán
oportunamente en cada una de las líneas de subvención. Estos indicadores permitirán
verificar el grado de cumplimiento de los objetivos, los resultados previstos y el impacto
de cada actuación.

BOCM-20240314-23

B.O.C.M. Núm. 63

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID