D) Anuncios - CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE (BOCM-20240314-32)
Convenio –  Convenio de 4 de marzo de 2024, entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, y la Real Federación Española de Ciclismo, para la colaboración en la organización del Campeonato de España de Ciclismo en Carretera 2024
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

B.O.C.M. Núm. 63

JUEVES 14 DE MARZO DE 2024

Pág. 151

Cuarta
Aportación económica de la Comunidad de Madrid
Por tratarse un campeonato deportivo de gran interés público, la Comunidad de
Madrid abonará a la Federación un importe máximo total de 170.000 euros, que incluye
todo tipo de impuestos y gastos que puedan corresponder.
Dicho importe será abonado con cargo al subconcepto 22802 “convenios con instituciones sin fin de lucro” del programa 336A de los Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para el año 2024, una vez realizadas las obligaciones que la Federación asume de acuerdo a lo previsto en la cláusula segunda del presente convenio y previa
justificación documental del gasto incurrido, tras la celebración de la competición.
La aportación de la Comunidad de Madrid se destinará a sufragar, de entre todos los
gastos correspondientes a las obligaciones que asume la Federación para la organización
del campeonato, algunos de los que se desglosan a continuación junto a sus importes estimados, hasta la cantidad máxima prevista de 170.000 euros:
CONCEPTO

IMPORTE

Servicios audiovisuales. Retransmisión en directo de las pruebas femenina y masculina de profesionales.

100.000 €

Personal de organización, de comunicación y de montaje.

35.000 €

Ayudas equipos.

30.000 €

Infraestructuras y Servicios: radiovuelta, cronometraje, speakers, señalización, megafonía, generadores, grúas para TV,...

45.000 €

Desplazamiento personal de organización

4.000 €

Alojamiento y manutención de personal de organización

20.000 €

Motos enlace

15.000 €

Arbitrajes

6.000 €

Material consumible

4.000 €

Servicios médicos

6.000 €
TOTAL:

265.000 €

La cantidad máxima prevista se destinará a abonar los gastos de los conceptos anteriormente señalados. Pero dado que se trata de una previsión y de que durante el desarrollo
de las competiciones existe la posibilidad de que se produzcan desviaciones sobre las cantidades previstas inicialmente para cada apartado, derivadas del número definitivo de participantes o de la necesidad sobrevenida de otras partidas o gastos indispensables para el
adecuado desarrollo de las competiciones, la distribución de los gastos a realizar por la Federación será flexible en el marco de las obligaciones recogidas en la cláusula segunda,
siempre que quede justificada su necesidad, sean gastos imputables a los conceptos relacionados en esta cláusula y no excedan de la cifra máxima de gasto. Asimismo, cualquier cambio en la actividad prevista que afecte al coste de la misma y a la justificación posterior del
gasto, deberá ser previamente autorizado por la Comisión de seguimiento, vigilancia y control de la ejecución del convenio. La previsión contenida en este párrafo en ningún caso podrá suponer alteración del objeto ni del contenido obligacional del convenio.
El importe máximo se verá reducido en función del cumplimiento parcial o defectuoso de las obligaciones que constan en el presente convenio a cargo de la Federación, o bien
porque esta obtenga otros ingresos que hagan alcanzar el coste total de la actividad.
La previsión de un máximo total se establece como garantía de un buen desarrollo del
campeonato, pero es de interés público que, si una vez desarrolladas las competiciones, previas las comprobaciones oportunas, se ha necesitado destinar menos medios de los inicialmente previstos, ese importe máximo se reduzca en consecuencia, siendo tan solo necesario pagar aquellos que excedan del funcionamiento ordinario de la Federación y que se
determinarán por el órgano competente del comité ejecutivo de la competición, mediante
certificado u otro documento válido en derecho.

Justificación del gasto y pago
El importe definitivo a abonar se determinará por la Dirección General de Deportes,
en función de la justificación del gasto que la Federación deberá presentar, y que incluirá
la cuenta justificativa de los costes sufragados para el desarrollo de las competiciones recogidos en el desglose de gastos anteriormente indicado. Asimismo, se presentará una memoria explicativa de la actividad desarrollada en relación con los gastos sufragados durante las
competiciones.

BOCM-20240314-32

Quinta