C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20240313-11)
Plan estratégico subvenciones –  Orden de 28 de febrero de 2024, de la Consejera de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se aprueba el Plan Estratégico de Subvenciones en materia de concesión de ayudas a empresas artesanas de la Comunidad de Madrid para la promoción y formación para el período 2024-2026
<< 3 << Página 3
Página 4 Pág. 4
-
4 páginas totales
Página
BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

B.O.C.M. Núm. 62

MIÉRCOLES 13 DE MARZO DE 2024

Pág. 45

7. Plazo necesario para su consecución
Se considera que el fomento de las actuaciones descritas en el apartado cuarto debe extender su duración para el período 2024-2026, teniendo en cuenta la importancia del apoyo
a las actividades de promoción y formación del sector artesano para impulsar su competitividad y, por ende, el crecimiento de la economía de nuestra Región.
8. Efectos que se pretenden con su aplicación
La Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, a través de este Plan Estratégico de Subvenciones en materia de concesión de ayudas a empresas artesanas de la Comunidad de
Madrid, persigue contribuir a la promoción comercial de los productos artesanos y a la formación del sector, impulsando la participación en actuaciones promocionales y de formación, presenciales o virtuales.
9. Seguimiento, indicadores, sistemas de evaluación y cumplimiento de objetivos
1. El seguimiento de las ayudas se realizará por los siguientes órganos:
a) La Dirección General competente en materia de comercio en todas sus fases, desde la presentación del proyecto inicial hasta la memoria final justificativa. En este
sentido, se comparará el proyecto o memoria detallada que, en la fase previa a la
concesión de la subvención, se exige a los solicitantes, con las actuaciones o proyectos finalmente desarrollados, lo que se justificará con la documentación que
deba aportar cada entidad de conformidad con lo que establezcan las correspondientes bases reguladoras.
b) La Intervención de la Comunidad de Madrid, en todas las fases del procedimiento
mediante la fiscalización de la documentación previa a la adjudicación y al pago
de las ayudas de conformidad con lo establecido en el artículo 12 de la Ley 2/1995.
2. Para el seguimiento y cumplimiento de las presentes ayudas se establecen como
indicadores el número de solicitudes presentadas y el número de empresas apoyadas.
3. El sistema de evaluación y el cumplimiento de objetivos lo realizará la Dirección General citada y se basará en la revisión de los indicadores y tendrá como fin valorar el grado de cumplimiento de los objetivos perseguidos y proporcionar herramientas
para la toma de decisiones en la planificación de posibles actuaciones futuras mediante
el análisis de los resultados obtenidos.
10. Medidas correctoras
Si como resultado de la evaluación efectuada se pusiese de manifiesto que las acciones impulsadas mediante las ayudas no están cumpliendo los objetivos previstos, se podrán
introducir en el presente Plan Estratégico de Subvenciones las modificaciones que se estimen pertinentes, al objeto de adecuar de forma eficaz los recursos públicos invertidos a la
obtención de los resultados perseguidos, garantizando el principio de eficiencia en la gestión pública.

Durante el período 2021-2023 ha estado vigente el Plan Estratégico de Subvenciones
en materia de concesión de ayudas a empresas artesanas de la Comunidad de Madrid para
la promoción y formación, aprobado por la Orden de 28 de febrero de 2021 del Consejero
de Economía, Empleo y Competitividad.
En ejecución de dicho Plan se publicaron tres convocatorias.
En ese período se han recibido 290 solicitudes y se han concedido subvenciones a
265 proyectos de empresas artesanas por un importe total de 359.766,16 euros, el 92,25 %
de los créditos disponibles. Finalmente se ha pagado a 263 proyectos de empresas artesanas por un importe total de 348.572,65 euros, el 89,38 % de los créditos disponibles.
La evaluación realizada pone de manifiesto que se han cumplido los objetivos y efectos previstos, no siendo necesaria ninguna modificación en la línea de subvenciones, dado
que no se han detectado desviaciones respecto a los resultados perseguidos.
(03/3.374/24)

http://www.bocm.es

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791

BOCM-20240313-11

11. Resultados de la evaluación del anterior Plan Estratégico
correspondiente al período 2021-2023