Griñón (BOCM-20240313-48)
Ofertas de empleo. Proceso selectivo
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 13 DE MARZO DE 2024

B.O.C.M. Núm. 62

— Idiomas: Nivel B2 o superior, a razón de 0,10 por idioma hasta un máximo de
0,30 puntos.
c) Titulaciones (puntuación máxima 3 puntos):
— Titulación de Bachillerato o equivalente: 0,5 puntos.
— Titulación universitaria de diplomado o equivalente: 1 punto.
— Titulación universitaria de Grado o equivalente: 1,5 puntos.
— Titulación de Doctorado: 2 puntos.
d) Entrevista personal: cuando, tras la valoración de los apartados anteriores, se produzca un empate, se realizará una breve entrevista personal, por parte de la Comisión de Valoración, puntuándose con un máximo de 0,5 puntos.
En la entrevista se valorará la experiencia profesional del aspirante en relación con el
contenido del “curriculum vitae” presentado y la adecuación del mismo a las funciones específicas del puesto convocado, soluciones aportadas por el candidato a las actividades propias del puesto y las funciones policiales específicas a desarrollar con motivo de las circunstancias del municipio de Griñón. La fecha de las entrevistas se señalará conjuntamente con
la resolución inicial o, en su caso, definitiva, de aspirantes admitidos.
Aspirantes valorados, nombramiento y toma de posesión: concluida la valoración de los
méritos y entrevista, en su caso, la Comisión de Valoración hará públicas, en la forma señalada en la base segunda, la relación de aspirantes con indicación de la puntuación obtenida
en cada uno de los méritos objeto de valoración en primer lugar, y entrevistas en segundo lugar, determinando en este último anuncio los aspirantes valorados por orden de puntuación.
En caso de empate en la puntuación total, se acudirá a dirimirlo, en primer lugar, a la puntuación otorgada en el apartado relativo a titulaciones, en segundo lugar, en caso de persistir el empate, a la otorgada en la antigüedad. La Comisión de valoración elevará a la Alcaldía o Concejalía-Delegada competente del ayuntamiento la propuesta de nombramiento
temporal, en comisión de servicios, de las vacantes objeto de convocatoria, que no podrá rebasar el número de vacantes existentes remitiéndose al mismo tiempo, el acta de la última
sesión donde conste, en su caso, por orden de puntuación, la calificación de todos los aspirantes, a los efectos de nombrar al siguiente en la lista en el caso de que alguno de los propuestos renuncie, no presente los documentos o no cumpla los requisitos exigidos en la convocatoria. Si alguno de los propuestos decayere en su derecho por incumplimiento de los
requisitos prevenidos en estas bases, la propuesta del Tribunal se entenderá automáticamente referida al siguiente aspirante que le siga en el orden de puntuación.
Asimismo, la Comisión propondrá una relación por orden de puntuación de todos
aquellos aspirantes que no obtuvieran los puestos ofertados en Comisión de Servicios de
Policía Local para aquellos casos en los que se haga necesaria la cobertura de nuevas comisiones de servicio y, siempre y cuando la valoración sea superior a cuatro puntos. En estos
casos la propuesta del Tribunal se entenderá automáticamente referida a los aspirantes siguientes por orden de puntuación a los efectos de su posterior nombramiento de acuerdo a
lo previsto en estas bases.
Presentación de documentación: Los aspirantes propuestos presentarán en el Ayuntamiento, dentro del plazo de quince días naturales, contados a partir de la publicación de
la lista de aprobados en el tablón de anuncios del ayuntamiento, los siguientes documentos:
1. Originales para su cotejo de la documentación establecida en la base 4.1 presentada junto a la solicitud para participar en el presente proceso selectivo.
2. Originales para su cotejo o copias autentificadas de la documentación acreditativa de los méritos alegados según lo establecido en la base 6.2.1.
3. Certificación expedida por el Registro Central de Penados y Rebeldes de carecer
de antecedentes penales, dentro de los tres meses anteriores al día que finalice el plazo de
presentación de documentos.
4. Declaración jurada en la que figure expresamente el compromiso de portar armas
y de utilizarlas en los casos previstos en la Ley, según modelo en anexo II. Si dentro del plazo indicado y salvo casos de fuerza mayor, los aspirantes propuestos no presentaran su documentación o no reunieran los requisitos exigidos, no podrán ser nombrados y quedarán
anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudieran haber
incurrido por falsedad en la solicitud de participación en la convocatoria.
Base séptima. Vinculación a las bases.—Las presentes bases vinculan al Ayuntamiento, a la Comisión de Valoración y a quienes participen en el proceso. Tanto las bases, como cuantos actos administrativos deriven de la convocatoria y de la actuación del

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