El Molar (BOCM-20240312-45)
Urbanismo. Estatutos junta compensación
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 61

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 12 DE MARZO DE 2024

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BOCM-20240312-45

4. El procedimiento de disolución de la Junta de Compensación será mediante acuerdo del órgano competente del Ayuntamiento, a solicitud de aquélla; el cual se publicará en
el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en uno de los periódicos de mayor
difusión de ésta.
5. Durante el plazo de treinta días hábiles, contados desde la última de las publicaciones aludidas, podrán formularse alegaciones ante el Ayuntamiento de El Molar; y, transcurrido dicho plazo, se dictará resolución por el órgano competente del dicho Ayuntamiento
aprobando o denegando la disolución de la Junta de Compensación, con el mismo trámite de
publicidad.
6. El Ayuntamiento de El Molar, en el supuesto de haber sido acordada la disolución,
dará traslado de la resolución al Registro de Entidades Urbanísticas Colaboradoras de la
Comunidad de Madrid, a fin de proceder a la cancelación de la inscripción de la Junta de
Compensación en el citado Registro.
7. Todo ello, salvo disposición legal, reglamentaria o instrucción administrativa que
prevea procedimiento distinto.
Art. 56. Liquidación.—1. Acordada válidamente por la Asamblea General la disolución de la Junta de Compensación designará, en la misma sesión, una Comisión Liquidadora,
cuyas competencias entraran en vigor una vez obtenida la aprobación del órgano competente
del Ayuntamiento.
2. Salvo que la Asamblea General adopte otro acuerdo, dicha Comisión Liquidadora,
del apartado 1 anterior, estará integrada por las mismas personas que formaban parte del
Consejo Rector en el momento en que se apruebe la disolución de la Junta de Compensación.
Art. 57. Destino del patrimonio.—Terminadas las operaciones de liquidación, el
patrimonio de la Junta de Compensación, si lo hubiera, se distribuirá entre los miembros
de la Junta.
En El Molar, a 12 de febrero de 2024.—El alcalde-presidente, Borja Díaz de la Morena.
(02/2.514/24)

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D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791