D) Anuncios - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y UNIVERSIDADES (BOCM-20240312-20)
Convenio –  Convenio de 26 de febrero de 2024, entre la Comunidad de Madrid (Consejería de Educación, Ciencia y Universidades) y Fundación de Santamarca y de San Ramón y San Antonio (FSRA), S. L., para el funcionamiento y sostenimiento con fondos públicos del centro privado Fundación Santamarca, para la impartición de enseñanzas de Formación Profesional de Grado Medio
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 12 DE MARZO DE 2024

B.O.C.M. Núm. 61

I. COMUNIDAD DE MADRID

D) Anuncios
Consejería de Educación, Ciencia y Universidades
20

CONVENIO de 26 de febrero de 2024, entre la Comunidad de Madrid (Consejería de Educación, Ciencia y Universidades) y Fundación de Santamarca y de San
Ramón y San Antonio (FSRA), S. L., para el funcionamiento y sostenimiento con
fondos públicos del centro privado Fundación Santamarca, para la impartición
de enseñanzas de Formación Profesional de Grado Medio.
REUNIDOS

De una parte, D. Jorge Elías de la Peña y Montes de Oca, Director General de Educación Concertada, Becas y Ayudas al Estudio por Decreto 71/2022, de 20 de julio, del Consejo de Gobierno, en representación de la Comunidad de Madrid, en virtud de la delegación
para la firma de convenios que le ha sido conferida por el titular de la consejería mediante
Orden 365/2024, de 13 de febrero, de la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades.
De otra, D. Ignacio Olmos Esteban, en representación de Fundación de Santamarca y
de San Ramón y San Antonio (FSRA), titular del centro privado Fundación Santamarca, de
Madrid (código 28014478), con capacidad jurídica acreditada, de acuerdo con la escritura
pública número 3.357, de 29 de octubre de 2019, otorgada por D. Ignacio García-Noblejas
Santa-Olalla, notario del Ilustre Colegio de Madrid.
EXPONEN
Primero
En virtud de lo dispuesto en el artículo 27.4 de la Constitución Española de 1978, en
los artículos 1, 2, 4 y 6 de la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del Derecho a
la Educación (LODE), y en los artículos 1 y 2 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de
Educación (LOE), debe garantizarse por la Administración educativa competente el derecho a una educación básica y a la formación que asegure el pleno desarrollo de la personalidad, así como el derecho de libre elección de centro y a recibir las ayudas precisas para
compensar posibles carencias de tipo familiar, económico y sociocultural.
Segundo
La gratuidad de las enseñanzas de formación profesional está prevista en el citado artículo 1 de la LODE y en la Ley 12/1987, de 2 de julio, sobre establecimiento de la gratuidad de los estudios de Bachillerato, Formación Profesional y Artes Aplicadas y Oficios Artísticos en los centros públicos y la autonomía de gestión económica de los centros docentes
públicos no universitarios.
Por otra parte, la Disposición adicional vigesimoctava de la LOE prevé la posibilidad de
que las Administraciones educativas puedan establecer convenios educativos con centros que
impartan ciclos formativos de formación profesional que complementen la oferta educativa
de los centros públicos, de acuerdo con la programación general de la enseñanza.

En el marco del procedimiento de concertación con centros privados correspondiente
al curso 2023/24, la Orden 2354/2023, de 28 de junio, del Consejero de Educación, Ciencia y Universidades (anexo II, Relación A), aprobó el convenio con el titular del centro privado Fundación Santamarca para la impartición de enseñanzas de Formación profesional
de Grado medio.
Conforme lo aprobado por dicha orden, a partir del curso 2023/24 serían financiadas:
— Una unidad del ciclo formativo de grado medio Jardinería y floristería.

BOCM-20240312-20

Tercero